Incidente Nº 9 - IMPUTADO: CRISTOSO, LEONEL FACUNDO s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA
La defensa de Leonel Facundo Cristoso solicitó prisión domiciliaria en reemplazo de la prisión preventiva dictada por una causa por infracción a la ley 23.737. La Cámara Federal de Corrientes rechazó el incidente y confirmó la resolución de primera instancia por persistir riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación, atendida la modalidad organizada delictiva y diligencias probatorias pendientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Defensa Oficial del imputado Cristoso, Leonel Facundo, solicitando prisión domiciliaria.
Demandado: Estado procesal representado por el Juzgado Federal N°2 de Corrientes y Fiscal General subrogante (oposición al pedido).
Objeto: Sustitución de la prisión preventiva por prisión domiciliaria (en subsidio, razones humanitarias por discapacidad de padre y hermano).
Decisión: Se rechazó el incidente y se confirmó la decisión de primera instancia que denegó la prisión domiciliaria, manteniéndose la prisión preventiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que, siendo consecuentes con lo expuesto, cabe sostener que respecto al agravio referido al peligro de fuga, tampoco resulta atendible lo alegado por la defensa, relativo a que el juez fundó su decisión exclusivamente en la gravedad del delito y en la escala penal prevista. Contrariamente a ello, surge de autos que el pronunciamiento fue dictado teniendo presente las restantes circunstancias objetivas verificadas en el expediente. En el caso, el imputado no aparece vinculado a un episodio aislado de comercialización de estupefacientes sino, prima facie, como uno de los organizadores de una estructura destinada al tráfico de estupefacientes sintéticos mediante la utilización de eventos musicales y plataformas de mensajería instantánea, modalidad que revela un grado de organización, permanencia y capacidad operativa sensiblemente superior al supuesto de un hecho individual. A ello se suma el importante secuestro de comprimidos de MDMA, LSD, semillas de cannabis, dinero en efectivo y demás elementos relacionados con la actividad investigada, circunstancias que incrementan objetivamente la expectativa punitiva y, correlativamente, la posibilidad cierta de sustraerse del proceso, extremo que el legislador autoriza expresamente a ponderar."
"Que lo expuesto, viene de la mano del agravio vinculado al peligro de entorpecimiento de la investigación. La defensa sostuvo que la instrucción se encontraría concluida y que toda la prueba relevante ya habría sido producida. Sin embargo, dicha afirmación no encuentra adecuado respaldo en las constancias incorporadas al incidente. Por el contrario, la resolución recurrida precisa que permanecen pendientes diversas diligencias de investigación, entre ellas pericias sobre material telefónico y elementos secuestrados, así como la individualización y detención de otros presuntos integrantes de la organización, quienes se encuentran prófugos de la justicia con pedido de captura, como es el caso de Mauricio Cabrera, lo que demuestra a las claras que la defensa no logró desvirtuar tales extremos mediante prueba objetiva sino a través de una apreciación discrepante acerca del estado procesal de la causa."
"En virtud de todo lo expuesto, los agravios introducidos por la defensa no logran demostrar la existencia de un error de hecho o de derecho en la decisión recurrida ni acreditar una modificación sustancial de las circunstancias que motivaron la prisión preventiva y su posterior prórroga, razón por la cual corresponde confirmar la resolución apelada y rechazar el recurso de apelación planteado por la defensa."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia; el Acuerdo fue suscripto por la mayoría absoluta de la Cámara; el Sr. Juez Ramón Luis González se encontraba inhibido.
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