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Incidente Nº 8 - DAMNIFICADO: ALESSO GONZALEZ, MATIAS JAVIER IMPUTADO: SALAZAR PEÑA, ELENA DEL CARMEN Y OTRO s/INCONSTITUCIONALIDAD

La imputada Elena del Carmen Salazar Peña interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Sala que fijó su pena en once años y cuatro meses de prisión. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala II, declaró inadmisible el recurso por no acreditar la existencia de una cuestión federal verosímil y por consistir en mera disconformidad con la valoración de hecho y de prueba.

Recurso de inconstitucionalidad Inadmisible Arbitrariedad Principio de inocencia In dubio pro reo Cuestion federal Pena once anos cuatro meses Art. 14 ley 48 Camara nacional de casacion Sala ii

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Elena del Carmen Salazar Peña, por su defensa. Demandado: La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (contra la sentencia de esa Sala). Objeto: Recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia del 27 de marzo de 2026 que, en lo pertinente, hizo lugar parcialmente a la casación y fijó la pena de la imputada en ONCE AÑOS y CUATRO MESES de prisión; se alega lesión de garantías constitucionales (principio de inocencia, in dubio pro reo, derecho al recurso) y arbitrariedad. Decisión: Se declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto (art. 14, ley 48); en consecuencia, se rechazó la vía extraordinaria solicitada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "La defensa de Elena del Carmen Salazar Peña interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de esta Sala del 27 de marzo del corriente año, por la cual se resolvió, en lo que aquí interesa: 'II. HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de casación interpuesto por la defensa de Elena del Carmen Salazar Peña y FIJAR la pena impuesta a la nombrada en ONCE AÑOS y CUATRO MESES de prisión, accesorias legales y costas y RECHAZAR los restantes agravios expuestos por la asistencia técnica de la acusada; sin costas en esta instancia (arts. 40, 41, CP; arts. 456, 457, 465, 469, 470, 530, 531 CPPN)'." "La defensa fundó su presentación en el art. 27 de la ley 402 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Alegó que la resolución de esta sala 'lesiona en forma directa y permanente garantías constitucionales, concretamente la garantía constitucional del principio de inocencia, su derivada regla in dubio pro reo, y el derecho al recurso como remedio para sentencias infundadas o con argumentos calificables como arbitrarios, (art. 18, 19, 75 inc 22, CN, art. 8 CADH y art. 14 PIDCP)' (p.10 del recurso)." "En este sentido, la defensa se ha limitado a sostener la arbitrariedad de la sentencia y la afectación de distintos derechos, principios y garantías mediante fórmulas genéricas, pero sin desvirtuar ni criticar razonadamente los fundamentos de la sentencia de esta sala. Esto evidencia que su planteo refleja una mera expresión de disconformidad con lo decidido, que no es idónea para sustentar la existencia de una cuestión federal (Fallos: 325:1905, resuelto por remisión al dictamen del Procurador General de la Nación)." "En efecto, bajo la genérica alegación de arbitrariedad y afectación de diversas garantías constitucionales se pretende, en definitiva, fundar un caso federal basado en cuestiones de hecho y prueba que han sido resueltas con fundamentos de igual naturaleza. Todo ello, sin haberse invocado concretamente algún agravio verosímil ni señalado las razones que tornarían arbitraria la decisión." "Por ende, propongo declarar inadmisible el recurso interpuesto." Resolución final: "DECLARAR INADMISIBLE el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la imputada Elena del Carmen Salazar Peña (art. 14, ley 48)."
- Votos: Voto principal del juez Eugenio Sarrabayrouse; adhesión del juez Horacio L. Días; referencia a voto del juez Morin por aplicación del art. 23 CPPN (último párrafo).

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