Incidente Nº 2 - DAMNIFICADO: VERDEAL DE TEDESCO , INES MARÍA IMPUTADO: MACIAS, ALDO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
La defensa de Aldo Oscar Macias interpuso recurso extraordinario federal contra la resolución de la Sala 1 que rechazó su recurso de casación. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala 1, declaró inadmisible el recurso, tratándolo como recurso de inconstitucionalidad, por falta de cuestión federal o arbitrariedad que habilite la vía extraordinaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Defensa de Aldo Oscar Macias (recurrente).
Demandado: Contra la decisión de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional
- Sala 1 que rechazó el recurso de casación (y oposición del Ministerio Público Fiscal al trámite del recurso).
Objeto: Admisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto contra la decisión que rechazó la casación; se plantea presunta violación de normas constitucionales o federales.
Decisión: La Sala 1 declaró inadmisible el recurso extraordinario federal, considerándolo como un recurso de inconstitucionalidad y negando su admisión por no demostrar cuestión federal ni arbitrariedad excepcional habilitante de la vía. Se ordenó notificar e informar al tribunal correspondiente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"III. El recurso extraordinario federal en análisis se dedujo con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 27.802. Hasta ese momento, la posición mayoritaria de este tribunal de casación (dentro de la que nos encontrábamos) se inclinaba por la improcedencia de la vía local. Dicho criterio, evidentemente, debe haber determinado al recurrente a interponer el presente remedio procesal."
"Si bien, con motivo del dictado de la mencionada ley, esa postura ha sido dejada de lado por esta Sala, a partir del precedente “Roth”, el rechazo del planteo por la circunstancia de tratarse de una vía improcedente, importaría un exceso de rigor formal y un evidente dispendio jurisdiccional. Por ello resulta pertinente su examen como si se tratara del recurso de inconstitucionalidad previsto en el art. 27 de la ley 402 de la CABA."
"No obstante, se advierte que los agravios del recurrente no demuestran una posible vulneración de los preceptos establecidos en aquella ley, ni suscitan cuestión federal en los términos de los artículos 14 y 15 de la ley 48 y Fallos: 264:492; 267:50; 268:503, entre otros. Además, el recurrente no logra poner en evidencia arbitrariedad alguna —en los términos de esa doctrina excepcional acuñada por la CSJN—, más allá de sus discrepancias con cuestiones que no exceden de la interpretación de derecho común y local, aspecto ajeno al recurso extraordinario federal que, de existir, deberían ahora ser estudiadas preliminarmente por el Superior Tribunal de la CABA."
"Por lo expuesto, esta Sala 1, RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE el recurso, que corresponde considerar como un recurso de inconstitucionalidad, presentado por la defensa de Aldo Oscar Macias."
- Votos/firma: Fallo firmado por los jueces Bruzzone, Rimondi y Divito; secretario Santiago Alberto Lopez. Fecha de firma: 08/07/2026.
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