Incidente Nº 3 - IMPUTADO: ESCOBAR , ALAN LEONEL s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
La defensa de Alan Leonel Escobar interpuso recurso extraordinario federal contra el rechazo de su casación. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala 1, declaró inadmisible el recurso por ausencia de cuestión federal y falta de prueba de arbitrariedad, considerándolo como planteo de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Defensa de Alan Leonel Escobar (recurrente).
Demandado: Resolución previa de la Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (decisión que rechazó el recurso de casación).
Objeto: Admisibilidad y estudio del recurso extraordinario federal impugnando el rechazo de la casación; se invocan vulneraciones normativas y arbitrariedad en la decisión anterior.
Decisión: Se declaró inadmisible el recurso extraordinario federal, considerándolo como recurso de inconstitucionalidad previsto en el art. 27 de la ley 402 de la CABA, por no acreditar cuestión federal ni arbitrariedad conforme a la doctrina de la Corte.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Si bien, con motivo del dictado de la mencionada ley, esa postura ha sido dejada de lado por esta Sala, a partir del precedente 'Roth', el rechazo del planteo por la circunstancia de tratarse de una vía improcedente, importaría un exceso de rigor formal y un evidente dispendio jurisdiccional. Por ello resulta pertinente su examen como si se tratara del recurso de inconstitucionalidad previsto en el art. 27 de la ley 402 de la CABA."
"No obstante, se advierte que los agravios del recurrente no demuestran una posible vulneración de los preceptos establecidos en aquella ley, ni suscitan cuestión federal en los términos de los artículos 14 y 15 de la ley 48 y Fallos: 264:492; 267:50; 268:503, entre otros."
"Además, el recurrente no logra poner en evidencia arbitrariedad alguna —en los términos de esa doctrina excepcional acuñada por la CSJN—, más allá de sus discrepancias con cuestiones que no exceden de la interpretación de derecho común y local, aspecto ajeno al recurso extraordinario federal que, de existir, deberían ahora ser estudiadas preliminarmente por el Superior Tribunal de la CABA."
- Votos: Resolución por la Sala 1 (mayoría). No se consignan votos en disidencia.
Fecha de la resolución: 08/07/2026.
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