Legajo Nº 17 - QUERELLANTE: SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTROS IMPUTADO: JESUS, ANTONIO AGUSTIN Y OTROS s/LEGAJO DE PRORROGA DE PRISION PREVENTIVA
El Ministerio Público Fiscal solicitó la prórroga de la prisión preventiva de tres imputados en un proceso penal. La Cámara Federal de Casación Penal homologó y tomó nota de la prórroga por seis meses o hasta la finalización del debate, considerando que los fundamentos se ajustan a la Ley 24.390 y la jurisprudencia aplicable.
Actor: El Ministerio Público Fiscal de la instancia anterior presentó el pedido de prórroga de la prisión preventiva. Demandado: Imputados Antonio Agustín Jesús, Juan José Pomares y Carlos Ernesto Castillo. Objeto: Prórroga de la prisión preventiva por el término de seis (6) meses a partir del 19 de julio de 2026, o hasta la finalización del debate oral y público si ello ocurriera con anterioridad. Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota y homologó la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 1 de La Plata que prorroga la prisión preventiva en los términos solicitados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los fundamentos expresados en la decisión bajo control se ajustan a los parámetros establecidos en la Ley 24.390 (conforme arts. 1 y 2 de la Ley 24.390 y 210, inciso K, 221 y 222 del C.P.P.F., implementado por el art. 1 de la Resolución 2/19 de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal B.O: 13/11/19), interpretada a la luz de las pautas delineadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en Fallos: 335:533 (“Acosta”), en una causa en la que también se investigaban delitos de lesa humanidad."
"En particular, se toma en cuenta la naturaleza, dimensión y gravedad de los hechos endilgados, y la complejidad del proceso."
"Se valora especialmente que la audiencia de debate oral y público se encuentra en pleno desarrollo."
"Por ello, corresponde tomar nota de la prórroga de la prisión preventiva, por el término de 6 meses o hasta la finalización del debate oral y público que se está llevando a cabo, lo que ocurra primero."
- Votos: Resolución por voto concurrente de los suscriptos (mención de que el señor juez Mariano Hernán Borinsky se encontraba en uso de licencia).
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