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Incidente Nº 6 - IMPUTADO: CUBAS SANCHEZ, OSCAR JUNIORS s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA

La defensa de O. J. C. S. solicitó la morigeración de la prisión preventiva a prisión domiciliaria por motivos humanitarios vinculados al estado de salud de su madre. La Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó el rechazo del juez de grado, entendiendo que la documentación aportada no acredita una situación excepcional ni permite neutralizar los riesgos procesales existentes.

Prision preventiva Prision domiciliaria Humanitario Crisis hipertensiva Riesgos procesales Medidas probatorias pendientes Art. 210 cpprf Art. 221 y 222 Confirmacion Camara criminal y correccional federal

Actor: O. J. C. S., por intermedio de su defensa, apeló la denegatoria del beneficio de prisión domiciliaria. Demandado: Resolución del juez de primera instancia; se opuso el Ministerio Público Fiscal en el incidente. Objeto: Morigeración de la prisión preventiva adoptando la modalidad de prisión domiciliaria por razones humanitarias (estado de salud de la madre) y ofrecimiento de domicilio cierto, garante procesal y medidas de control. Decisión: La Cámara confirmó la resolución apelada que rechazó la solicitud de prisión domiciliaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Transcripciones relevantes: "En efecto, el planteo se sustentó esencialmente en el estado de salud de la madre del imputado. Sin embargo, tal como se señaló en la resolución recurrida, la documentación médica acompañada únicamente da cuenta de un episodio compatible con una crisis hipertensiva y de la indicación de controles y seguimiento ambulatorio, sin demostrar una situación de gravedad que torne indispensable la presencia permanente del encausado en el domicilio familiar." "A ello se suma que del informe socioambiental surge que la señora M. S. reside junto a su esposo, posee cobertura médica y cuenta con otros hijos, circunstancias que evidencian que no se encuentra acreditada una situación de abandono, desamparo o imposibilidad de asistencia que torne imprescindible la presencia del imputado en el hogar." "Por otra parte, permanecen plenamente vigentes las razones cautelares que este Tribunal ponderó al confirmar la prisión preventiva, especialmente aquellas vinculadas con la necesidad de preservar el adecuado desarrollo de una investigación que aún presenta diligencias probatorias de significativa relevancia, extremo que impide considerar que la modalidad pretendida resulte idónea para neutralizar los riesgos procesales oportunamente verificados."
- Voto concurrente del Dr. Mariano Llorens: coincidió con la confirmación y añadió que, analizado a la luz del art. 10 del Código Penal y art. 32 de la Ley 24.660, "no encuadra en ninguno de los supuestos allí previstos" ni se verifica "un supuesto excepcional que justifique la morigeración pretendida desde una perspectiva humanitaria."

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