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ROSETTI FRANCISCO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes varios de haberes previsionales y actualización de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó en su mayoría la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en los términos indicados y confirmando el índice, la tasa de interés y la imposición de costas a la demandada.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Rosetti Francisco Antonio (actor titular del beneficio cuya fecha de adquisición es 04/02/2016). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajustes varios; actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de índices y tasas, declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 9 inc. 3) Ley 24.463; art. 14 Res. 6/2009), exención de impuesto a las ganancias, tratamiento de servicios/autónomos, y costas/honorarios. Decisión: Por mayoría se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda en lo objetado; se confirmó el índice aplicado a la PBU y el diferimiento dispuesto en grado, se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en los supuestos en que los topes generen una quita superior al 15%, se confirmó la aplicación de la tasa de interés conforme la tasa pasiva promedio mensual del BCRA, se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios de alzada al 30% de lo fijado en primera instancia. Un voto en disidencia parcial revocó lo dispuesto en grado en cuanto al tratamiento de la Ley 27.541 y sus decretos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Sala en virtud de los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la sentencia de grado que hizo lugar la demanda incoada. Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la fecha de adquisición de beneficio del actor es el 04/02/2016, en vigencia de la Ley 24.241." "Incurre en reformatio in peius el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (CSJN Fallos T325 P3318)." "…para la redeterminación de la Prestación Básica Universal como integrante del haber inicial habrá de aplicarse el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Badaro Adolfo Valentín' del 26.11.07 -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006
- y los aumentos generales dispuestos por ley 26.198 y decretos 1346/07 y 279/08 hasta la fecha de adquisición del beneficio o hasta la fecha de la sanción de la Ley 26.417, lo que ocurra primero." "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN 'Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios' sentencia del 6 de agosto de 2015), en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado." "En virtud de lo expuesto, propongo confirmar lo decidido por el Juez de grado." Voto en disidencia parcial (Dr. Juan A. Fantini): "En consecuencia, revoco lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto a este punto." (referido al tratamiento de la Ley 27.541 y decretos asociados).

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