PERESSON MARTA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió acción contra ANSES por reajustes varios y actualización de haberes. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó en lo sustancial la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, ordenando el pago de diferencias y rechazando planteos de inconstitucionalidad no propuestos en la instancia anterior.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: PERESSON Marta Beatriz.
Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
Objeto: Reajustes varios de haberes previsionales, inclusión/actualización del haber inicial, tasa mínima de sustitución, PBU, impuesto a las ganancias, declaración de inconstitucionalidad de normas (leyes 27.426, 27.541, 27.609 y decretos conexos) y costas.
Decisión: Por mayoría, la Cámara confirmó la sentencia de grado en cuanto fue materia de agravios; ordenó a ANSeS abonar diferencias correspondientes entre lo percibido durante la emergencia económica y lo que hubiera correspondido aplicar conforme pauta suspendida para enero y febrero de 2021; sostuvo la imposición de costas a la demandada y reguló honorarios; desestimó o declaró desiertos otros agravios y rechazó los planteos de inconstitucionalidad no planteados en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Que el artículo 6 del citado cuerpo normativo establece que una vez homologado judicialmente, el acuerdo transaccional tendrá efecto de cosa juzgada, dándose por concluido el proceso judicial, razón por la cual la cuestión planteada por el organismo previsional en el remedio federal, cuya denegación originó la presente queja, ha devenido abstracta."
"Que el tribunal de alzada 'no podrá fallar sobre capítulos no propuestos [en la demanda y contestación de demanda] a la decisión de primera instancia' (C.P.C.C.N., art. 277), como también es sabido que el 'escrito de expresión de agravios deberá contener la crítica concreta y razonada de las partes del fallo que el apelante considera equivocadas' (art. 265 C.P.C.C.N.)."
"Que los planteos vinculados con la aplicación de una tasa de sustitución del 70% del promedio de las remuneraciones utilizadas para la determinación del haber inicial, guardan sustancial analogía con los analizados por el Tribunal en la causa 'Benoist' (Fallos: 341:631), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
"De tal modo, el régimen vigente no se basa en una tasa de sustitución expresa y aplicable a todos los beneficiarios sino que esa relación entre ingresos y prestaciones surge implícita de los cálculos realizados y varía según la cantidad de servicios con aportes que hubiere acreditado cada peticionario y del nivel de las remuneraciones percibidas."
- Votos / discrepancias relevantes:
Los Dres. Carnota y Dorado votaron por confirmar el pronunciamiento de grado en lo materia de agravios (mayoría). El Dr. Fantini adhirió al voto por mayoría, con excepción de lo resuelto en torno a la ley 27.541 y, específicamente, revocó lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto al punto relativo a la recomposición del haber correspondiente a enero 2021 (es decir, en ese punto el voto de Fantini difiere y revoca la decisión de grado).
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