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COLAUTTI CECILIA MARIA VICTORIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra ANSeS reclamando reajustes varios sobre su prestación previsional, entre ellos revisión de la Prestación Básica Universal (PBU) y cuestionamiento de normas y precedentes aplicados. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso de la accionada, dejó sin efecto lo resuelto respecto del art. 14 de la resolución 6/09 (incluido lo relativo al precedente Villanustre), confirmó otras decisiones de la sentencia de grado y difirió para ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: COLAUTTI, Cecilia María Victoria. Demandado: ANSeS. Objeto: Reajustes varios de la prestación previsional adquirida (PBU/PC/PAP), revisión de la Prestación Básica Universal, impugnación de la aplicación de arts. 26 de la ley 24.241, 9 inciso 3) de la ley 24.463, art. 14.2 de la Resolución SSS 6/2009 y aplicación del precedente "Villanustre"; además costas y honorarios. Decisión: La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de ANSeS y, por mayoría, dejó sin efecto lo resuelto en primera instancia respecto del art. 14 de la Resolución 6/09 (incluido el planteo relativo al precedente "Villanustre"); confirmó lo resuelto en lo demás; declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inciso 3) de la ley 24.463 en los términos indicados (aplicable si en la liquidación se verifica una quita superior al 15%); diferió para la ejecución la cuestión atinente al art. 26 de la ley 24.241 y consideró abstracto el agravio relativo al art. 14.2 de la Res. SSS 6/2009 por estar derogada al tiempo de adquisición del beneficio. Impuso costas al vencido y fijó honorarios de apelación en 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original): "II. En relación al planteo referido a la actualización de la Prestación Básica Universal, la particularidad del caso de autos radica en que quien demanda adquirió su beneficio con posterioridad a la entrada en vigor de la ley 27.426 y que, conforme se observa de las constancias obrantes en la causa, el actor no cuenta con remuneraciones anteriores al año 2009, razón por la cual no se ha ordenado actualizar la PC ni PAP. No obstante, es criterio de la suscripta que la revisión de la Prestación Básica Universal (PBU) no está supeditada al recálculo de las demás prestaciones, sino más bien a la influencia que la falta de aumento de este componente pueda tener sobre el total del haber inicial (conf. Fallos: 337:1277), situación que será evaluada en el momento de ejecutar la sentencia. Bajo tales circunstancias, corresponde confirmar lo resuelto por el a quo." "III. Que corresponde la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inciso 3) de la ley 24.463, corresponde su confirmación, conforme los fundamentos de la doctrina CSJN 'Rapisarda, José León c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', sentencia del 6 de agosto de 2015, en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación del tope sobre el haber previsional genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente." "VI. En torno a lo manifestado con relación al haber máximo y la solicitud de aplicación del fallo 'Villanustre, Raúl Félix' (sentencia del 17 de diciembre de 1991), el Alto Tribunal de la Nación ha señalado al respecto lo siguiente: '…dado que no se ha efectuado aún una liquidación de los haberes reajustados según sentencia y no resulta posible, en consecuencia, verificar si eventualmente podría ser de aplicación el precedente “Villanustre” invocado por la alzada, resulta prematuro y conjetural expedirse sobre el planteo de la actora en este sentido'. Y más adelante concluyó: '...ello no afecta el derecho que asiste al recurrente de formular en la etapa de ejecución los reclamos que estime pertinente' (CSJN 'López Luis c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', sentencia del 13 de julio de 2010). En consecuencia, la cuestión atinente a la aplicación del precedente citado se difiere para la etapa de ejecución de sentencia. Por lo tanto, atañe revocar la sentencia de grado en lo que respecta." Además, en lo resolutivo la Cámara dispone: "Por mayoría el Tribunal RESUELVE: 1) Hacer lugar parcialmente a mismo y, por ello, a) Dejar sin efecto lo resuelto sobre el art. 14 de la resolución 6/09 –incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente 'Villanustre'-; b) Confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado ...; 2) Confirmar la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios; 3) Costas por su orden en la Alzada ...; y 4) Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora ... en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior."
- Votos: Voto principal de la Dra. Nora C. Dorado (propuesta y fundamentos). Adherencia de los Dres. Strasser y Russo; Strasser formula salvedades respecto del ajuste de la PBU y remite a precedentes; Russo adhiere conforme análisis en otra causa.

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