CAPILLAS JULIO CESAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió acción contra ANSeS solicitando el recálculo y reajuste de su haber previsional obtenido bajo la ley 24.241, con pago de retroactivos. El Juzgado hizo lugar parcialmente, ordenó redeterminar y reajustar el haber inicial aplicando índices y metodologías fijadas en el fallo, y declaró inconstitucionales normas por su aplicación confiscatoria en la liquidación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CAPILLAS JULIO CESAR.
Demandado: A.N.Se.S. (ANSeS).
Objeto: Reajuste y recálculo del haber jubilatorio obtenido al amparo de la ley 24.241, actualización de remuneraciones computadas, aplicación de pautas de movilidad, pago de sumas retroactivas con intereses, y declaración de inconstitucionalidad de normas que limitarían la integralidad/proporcionalidad del haber.
Decisión: Hizo lugar parcialmente a la demanda. Ordenó a ANSeS redeterminar y reajustar el haber inicial conforme a pautas fijadas; aplicar índices fijados por jurisprudencia (Badaro, Elliff/Blanco, etc.); declaró inconstitucionales, para el caso de aplicación confiscatoria, el art. 26 de la ley 24.241, el art. 9 inc. 3° de la ley 24.463, el art. 4° de la ley 27.609 y art. 4 de la Res. SSS 3/21; rechazó la excepción de prescripción; ordenó pago de diferencias desde la fecha de adquisición del derecho (05/06/2022) con intereses y sin deducciones por impuesto a las ganancias; costas para la demandada. Reguló que la liquidación practique comprobación de topes y proporcionalidad y que, si la merma supera el 15%, opere la recomposición.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales importantes):
"La cuestión a resolver se centra en determinar si la aplicación del método previsto por la referida ley y sus reglamentaciones ha asegurado, en el caso, la vigencia de las garantías contempladas por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y en consecuencia, si procede o no la recomposición del haber previsional en los términos solicitados."
"En tal sentido, sin perjuicio del criterio que mantuve sobre el particular –de actualizar el valor del AMPO/MOPRE según el índice del salario básico de convenio de la industria y la construcción (ISBIC)-, lo cierto es que las tres Salas de la Excma. Cámara del fuero han unificado su posición sobre el punto, adoptando para la actualización de la PBU, el índice contemplado en el fallo de la CSJN 'Badaro Adolfo Valentín', sent. del 26/11/2007... En virtud de lo anterior, a fin de evitar un dispendio jurisdiccional, estimo adecuado aplicar la referida doctrina y ordenar la actualización de la PBU de acuerdo con el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado fallo 'Badaro'... Luego, se determinará qué incidencia porcentual tiene la eventual merma de la PBU en el haber inicial total... En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada al acreditarse la confiscatoriedad requerida (conf. 'Actis Caporale, Loredano Luis Adolfo C/INPS
- Caja Nacional...' sent. del 19.AGO.1999)."
"Considero que, al tratarse de remuneraciones anteriores a marzo de 2009 (período 1989-2008) la aplicación de la norma se traduce en un perjuicio manifiesto y claro que justifica la declaración de inconstitucionalidad planteada... Por ende, deberán actualizarse las remuneraciones computadas para el cálculo del haber inicial de acuerdo con dicho criterio. A esos fines, se declara la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609."
"Asimismo, entiendo que respecto de la referida actualización, resulta inconstitucional el tope dispuesto por el art. 4 de la Res. SSS 3/21... ya que importa un exceso reglamentario contrario al espíritu del art. 24 de la ley 24.241... En efecto, el legislador dispuso la actualización de las últimas 120 remuneraciones... por el contrario, la limitación establecida sobre la remuneración originaria ya sujeta a una base máxima imponible, no hace más que desnaturalizar la finalidad de la norma que pretende reglamentar."
"Por ello, y toda vez que en este estadio del proceso no surgen configurados agravios que justifiquen apartarse de la normativa cuyo desplazamiento se procura, corresponde desestimar el planteo de inconstitucionalidad de las restantes normas cuestionadas."
(Si bien el fallo cita múltiples precedentes y razonamientos, la decisión mayoritaria aquí expuesta es la que antecede. No se registran votos en disidencia relevantes en el texto.)
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