F., M. E. c/ MEDICUS SA s/AMPARO DE SALUD
La actora promovió amparo de salud solicitando cobertura integral de cuidador domiciliario 24 hs, medicación, insumos y kinesiología domiciliaria. El Juzgado hizo lugar al amparo y condenó a Medicus S.A. a cubrir al 100% las prestaciones médicas, insumos y terapias prescritas y a financiar el cuidador domiciliario conforme al módulo del Nomenclador más el 35% por dependencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: M.E.F. (actora), representada por apoderadas Dras. Patricia Fabiana Kurcas y Graciela María Guarna.
Demandado: Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científica.
Objeto: Que se ordene la cobertura al 100% de: a) cuidador domiciliario permanente (24 hs, 7 días/semana); b) medicación; c) insumos (pañales Comodín Ultra 4 por día talle G. 5; zaleas nonisec talle grande 2x día; paños jabonosos 4 paquetes de 10 unidades al mes; guantes descartables 2 paquetes x mes; andador); y d) terapias (kinesiología trisemanal a domicilio), según prescripción de los médicos tratantes, por ser la actora paciente de 86 años con Enfermedad de Alzheimer e impedimentos asociados.
Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo y se condenó a Medicus S.A. a brindar cobertura integral (100%) de medicación, insumos y terapias indicadas, y a proveer la prestación de cuidador domiciliario 24 hs-7 días por semana: con cobertura 100% si el servicio es prestado por profesionales propios o contratados por la demandada; si es prestado por profesionales ajenos, la obra social deberá equiparar el reintegro al módulo “Hogar Permanente, con centro de día, categoría A” del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad más el 35% por dependencia (Resolución 428/99), con facturación y pago en 15 días.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Que, en punto a la vía procesal decidida en esta litis, cabe recordar que la acción de amparo, resulta ser un proceso extremadamente simplificado en sus aspectos formales y temporales, dado que por esta vía se persigue reparar en forma urgente la lesión a un derecho de rango constitucional..."
"Que la ley 22.431... dispone en su art. 15 que los entes de Obra Social deberán garantizar a todos sus beneficiarios el otorgamiento de las prestaciones médico asistenciales básicas... A su vez, la ley 24.901... establece en su art. 2° que 'las Obras Sociales...tendrán a su cargo con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la ley, que necesiten las personas con discapacidad afiliadas a las mismas'... en todos los casos la cobertura integral de rehabilitación se deberá brindar con los recursos humanos, metodologías y técnicas que fuere menester, y por el tiempo y las etapas que cada caso requiera (arts. 12 y 15)."
"Por los argumentos que anteceden y de conformidad con los fundamentos expuestos por el Sr. Fiscal Federal, FALLO: Haciendo lugar a la acción de amparo. En consecuencia, condeno a Medicus SA... a brindarle a M.E.F.: a) la cobertura integral (100%) de medicación, insumos (...) y terapias (kinesiología trisemanal a domicilio), en la forma y por el tiempo que prescriban sus médicos tratantes; y b) la cobertura de la prestación de cuidador domiciliario 24 hs
- 7 días a la semana... en la hipótesis de que sea llevado a cabo por profesionales ajenos a la obra social, ésta deberá equiparar su valor de reintegro al módulo fijado en el Nomenclador... más el 35% por dependencia, fijado en la Resolución 428/99, y sus respectivas actualizaciones... y ser abonada en el término de quince días de presentada cada factura..."
- Votos en disidencia: No registra.
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