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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES c/ BOLA DE NIEVE SRL s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

El INCAA promovió acción de cumplimiento de contrato para exigir la restitución de fondos públicos entregados en coproducción de un telefilm. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a BOLA DE NIEVE S.R.L. a pagar $273.040,76 más intereses y costas por no justificar la rendición de cuentas prevista en el convenio.

Incaa Coproduccion Rendicion de cuentas Restitucion de fondos publicos Convenio Telefilm el goce del siglo Responsabilidad contractual Pericia contable Resolucion 321/2012 $273.040 76

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA). Demandado: BOLA DE NIEVE S.R.L. Objeto: Restitución de la suma de $273.040,76 (diferencia entre el aporte efectuado por el INCAA y el costo definitivo reconocido) más intereses y costas, por incumplimiento de obligaciones de rendición de cuentas en convenio de coproducción del telefilm “El Goce del Siglo”. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a BOLA DE NIEVE S.R.L. a pagar $273.040,76 dentro de los diez días de firmeza, más intereses desde el 24/02/2012 hasta su efectivo pago, y las costas del juicio; además se regularon honorarios de letrados y perito.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) "En suma, de las constancias reseñadas surge acreditado que la demandada percibió del Instituto la suma de $298.815,30 en concepto de aporte de coproducción; que rindió costos que fueron observados en su casi totalidad por defectos formales no subsanados, reconociéndose como costo definitivo únicamente $25.774,54; y que no restituyó la diferencia de $273.040,76, sin que obre en autos constancia alguna de su devolución." 2) "La diferencia entre el aporte efectuado y el costo definitivo reconocido —$273.040,76— constituye una porción de fondos públicos cuyo destino la productora no justificó y que, por tanto, se hallaba obligada a restituir, conforme la expresa previsión de la cláusula décimo tercera del convenio y el principio que veda enriquecerse sin causa a expensas de otro." 3) Parte resolutiva: "Haciendo lugar a la demanda promovida por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y, en consecuencia, condenando a BOLA DE NIEVE S.R.L. a pagar a la parte actora, dentro del plazo de diez (10) días contados desde que este pronunciamiento quede firme, la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUARENTA CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($273.040,76), con más los intereses fijados en el Considerando VI y las costas del juicio (art. 68 del CPCC)."
- Otras citas y datos relevantes empleados por el tribunal:
- Convenio de coproducción suscripto en diciembre de 2004: INCAA aportaría el 70% ($298.815,30) y la productora el 30% ($128.063,70).
- Pagos realizados por el INCAA en 2005: Autorización de Pago N° 525 ($119.526,12), N° 3786 ($89.644,59) y N° 5822 ($89.644,59), total $298.815,30.
- Informe del Departamento de Costos y Resolución N° 321/2012 que declaró a la productora deudora.
- Pericia contable de la Lic. Silvana Beatriz Orue (02/11/2023) que corroboró saldo a favor del INCAA de $273.040,76.
- Intereses desde el 24/02/2012 (fecha de notificación de la Resolución N° 321/2012).

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