Recurso Queja Nº 1 - CHUPARIN, ILIA c/ EN M SEGURIDAD DNM EXPTE 5004457 26 s/AMPARO
El actor promovió acción de amparo por mora contra la Dirección Nacional de Migraciones para que se dictara el acto administrativo que resuelva su trámite de otorgamiento de la ciudadanía argentina. La Cámara Nacional confirmó la declinatoria de competencia del Juzgado Contencioso Administrativo Federal nº1 y sostuvo que la materia corresponde a la Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal por la especialidad en cuestiones de ciudadanía.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ilia C. Chuparin (parte actora que promovió amparo por mora, expediente RADEX 50044572026).
Demandado: Dirección Nacional de Migraciones (Estado Nacional).
Objeto: Se solicita que la DNM dicte el acto administrativo que resuelva la petición de otorgamiento de la ciudadanía argentina; se invocan, entre otras, el artículo 20 de la Constitución Nacional, la Ley 346 y el Decreto 366/2025; invoca amparo por mora (art. 28 Ley 19.549).
Decisión: La Cámara admitió la queja por apelación denegada, declaró mal denegado el recurso y, en su mérito, confirmó la resolución de fecha 27/5/2026 que declaró la incompetencia del Juzgado Contencioso Administrativo Federal nº1 y atribuyó el conocimiento a la Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes):
"La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha considerado recientemente –por remisión al dictamen de la señora Procuradora Fiscal– que, aun cuando la pretensión haya sido articulada mediante una acción de amparo por mora contra un órgano de la Administración Pública Nacional, la determinación de la competencia exige atender principalmente a los hechos expuestos en la demanda, al derecho invocado como fundamento de la pretensión y a la naturaleza jurídica de la relación existente entre las partes, a fin de establecer cuál es la materia sustancial sobre la que habrá de recaer el pronunciamiento judicial (cfr. CSJN, 'ZUCCARELLI, ANABELA C / ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE SALUD S/ AMPARO', CAF 15.864/2024/CS1, sentencia del 5 de marzo de 2026)."
"En efecto, si bien la demanda fue promovida como un amparo por mora con el objeto de obtener que la Dirección Nacional de Migraciones dicte el acto administrativo correspondiente, de los propios términos del escrito inicial surge que la pretensión se dirige a obtener que dicho organismo resuelva la solicitud de otorgamiento de la ciudadanía argentina, invocándose como fundamento de la pretensión, entre otras disposiciones, el artículo 20 de la Constitución Nacional, la Ley 346 y el decreto 366/2025."
"En esas condiciones, al encontrarse en juego la interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico que regula los requisitos y el procedimiento para el otorgamiento de la ciudadanía argentina –entre otras disposiciones, el artículo 20 de la Constitución Nacional, la Ley 346 y el régimen vigente tras las modificaciones introducidas por el decreto 366/2025–, la controversia corresponde que sea dirimida por la Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal, por encontrarse comprendida dentro del ámbito material de especialización asignado a dicho fuero, sin que a esos fines resulte necesario acudir de manera primordial a principios y normas propios del derecho administrativo."
- Voto mayoritario/discordancias: fallo unánime; no se consignan votos en minoría.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: