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CORREDOR CENTRAL SA c/ EN - DNV s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Se solicita regulación de honorarios y emolumentos por la defensa de la parte demandada y pericia contable. La Cámara confirmó y fijó honorarios y emolumentos: $23.115.187,2 por la dirección letrada; $8.090.315,52 y $5.778.796,8 por tareas en la alzada y réplica; y $4.120.704 para el perito contador.

Honorarios Emolumentos Perito contador Camara contencioso administrativo federal Uma Ley 27423 Regulacion honorarios Incidencia Iva En Dnv

Actor: CORREDOR CENTRAL SA Demandado: Estado Nacional
- Dirección Nacional de Vialidad (EN
- DNV) Objeto: Regulación de honorarios de la dirección letrada y representación de la parte demandada y regulación de emolumentos del perito contador, por las tareas cumplidas en la causa (incluida la alzada y réplica a recurso extraordinario) y en la incidencia previa. Decisión: Se fijaron y confirmaron los honorarios y emolumentos en las sumas detalladas y se recordó la obligación de adicionar IVA si el profesional estuviera inscripto; asimismo, se confirmó la regulación practicada en la incidencia resuelta el 26/8/2021 respecto de lo apelado por altos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos relevantes de la sentencia: "I
- Teniendo presente la naturaleza, resultado y monto del asunto, la calidad y eficacia de la tarea profesional desarrollada y las etapas cumplidas, SE FIJAN los honorarios de la dirección letrada y representación de la parte demandada en la suma de $23.115.187,2 que equivale a 235,6 UMA; asimismo, considerando pautas análogas a las enunciadas y el resultado del recurso, SE ESTABLECEN sus honorarios, por las tareas cumplidas en la alzada (cfr. agravios que fueron examinados en la sentencia de esta Sala de fecha 18/3/2025), en la suma de $8.090.315,52 que equivale a 82,46 UMA, más la suma de $5.778796,8, que equivale a 58,9 UMA, por la réplica al recurso extraordinario federal que fue denegado por la Sala el 28/8/2025 (arts. 16, 19, 20, 21, 22, 29, 30 y cc. de la ley 27423; Res. SGA 1352/26)." "II
- En función de lo expuesto y de la calidad y eficacia de la tarea profesional cumplida en la incidencia resuelta el 26/8/2021, SE CONFIRMAN los honorarios regulados en el último párrafo del punto II, del segundo considerando de la resolución apelada, desde que sólo han sido apelados por altos (art. 33 del arancel de abogados y procuradores, cfr. art. 5, Dto. 1077/17)." "III
- Finalmente, teniendo en cuenta, además, la razonable proporción que la retribución de los auxiliares de la justicia debe guardar con la de los restantes profesionales intervinientes en el pleito, SE REGULAN los emolumentos del perito contador Jorge Alberto Bueri en la suma de $4.120.704 que equivalen a 42 UMA (art. 16, 19, 21 y cc. de de la ley 27423; Res. SGA 1352/26)." Citas textuales relevantes:
- "SE FIJAN los honorarios ... en la suma de $23.115.187,2 que equivale a 235,6 UMA"
- "SE ESTABLECEN sus honorarios ... en la suma de $8.090.315,52 ... más la suma de $5.778796,8 ... por la réplica al recurso extraordinario federal"
- "SE CONFIRMAN los honorarios regulados ... desde que sólo han sido apelados por altos"
- "SE REGULAN los emolumentos del perito contador Jorge Alberto Bueri en la suma de $4.120.704 que equivalen a 42 UMA"
- Aclaración sobre IVA: "en caso de que el profesional beneficiario acredite
- en la instancia anterior
- su condición de responsable inscripto ... se deberá adicionar a los emolumentos aquí fijados la alícuota pertinente a dicho tributo" No se consignan votos disidentes relevantes en el texto provisto.

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