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ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS SA (TF 126470396-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La actora promovió recurso directo contra la DGA solicitando la modificación de la fijación de honorarios. La Cámara confirmó los honorarios fijados por el Tribunal Fiscal de la Nación del 05/09/2024 tanto a la dirección letrada de la actora como a la representación legal del Fisco Nacional, atendiendo la naturaleza, resultado, monto y la calidad y eficacia de la labor profesional (arts. 16, 19 y 58 Ley Nº 27.423).

Recurso directo Honorarios Tribunal fiscal de la nacion Ley 27.423 Art.16 Art.19 Art.58 Dga Camara contencioso administrativo federal Sala iii

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS SA (TF 126470396-A). Demandado: DIRECCION GENERAL DE ADUANAS (DGA) / Fisco Nacional (recurso directo de organismo externo). Objeto: Impugnación en sede contencioso administrativa respecto de la fijación de honorarios determinada por el Tribunal Fiscal de la Nación. Decisión: Se confirmaron los honorarios fijados por el Tribunal Fiscal de la Nación el 05/09/2024 tanto a la dirección letrada y representación legal de la parte actora como a la representación legal del Fisco Nacional, aplicando los arts. 16, 19 y 58 de la Ley Nº 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Teniendo presente la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional desarrollada en la etapa cumplida, SE CONFIRMAN los honorarios fijados por el Tribunal Fiscal de la Nación el 05/09/2024, a la dirección letrada y representación legal de la parte actora (arts. 16, 19 y 58 de la Ley Nº 27.423)." "Por otra parte, teniendo presente la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como la calidad, resultado y monto del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional desarrollada en la etapa cumplida, SE CONFIRMAN los honorarios fijados por el Tribunal Fiscal de la Nación el 05/09/2024, a la dirección letrada y representación legal del Fisco Nacional (arts. 16, 19 y 58 de la Ley Nº 27.423)." "A los fines del art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional, se hace constar que –por hallarse vacantes dos cargos de jueces de esta Sala– suscribe la presente el Dr. José Luis Lopez Castiñeira; quien integra este Tribunal en los términos de la Acordada Nº 2/26 de esta Cámara– y el Dr. Jorge Eduardo Morán (conf. Resolución J.S. Nº 14/26)."

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