Legajo Nº 1 - IMPUTADO: POLANCO, DIEGO IVÁN Y OTRO s/LEGAJO DE CONTROL
Se solicitó la prórroga de las prisiones preventivas de Diego Iván Polanco y Yésica Romina Vega con fundamento en el art. 1° de la ley 24.390. La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de las prórrogas dispuestas y encomendó al tribunal de juicio asegurar, mediante herramientas tecnológicas, el inicio del debate el 13 de julio de 2026 e imprimir celeridad a su desarrollo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Tribunal Oral Federal nro. 1 de La Plata (acto que dispuso la prórroga).
Demandado: Diego Iván Polanco y Yésica Romina Vega (sujetos de la prisión preventiva).
Objeto: Prórroga de la prisión preventiva por el término de seis (6) meses o hasta la finalización del debate, invocando art. 1º de la ley 24.390 y su modificatoria N.º 25.430.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de las prórrogas de las prisiones preventivas dispuestas por el tribunal de primera instancia y encomendó al tribunal de juicio que, mediante la utilización de todas las herramientas tecnológicas a su disposición, garantice el comienzo del debate el 13 de julio de 2026 e imprima celeridad a su desarrollo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Con invocación de las previsiones del art. 1º de la ley 24.390, el Tribunal Oral Federal nro. 1 de La Plata resolvió '2. PRORROGAR la PRISIÓN PREVENTIVA a la que se encuentran sujetos DIEGO IVÁN POLANCO Y YÉSICA ROMINA VEGA a partir del día 18 de julio de 2026, por el término de seis (6) meses o hasta la finalización del debate, lo que ocurra primero (arts. 1 y cctes de la ley N.º 24.390 y su modificatoria N.º 25.430)'."
"En atención a que la prórroga dispuesta se encuentra fundada en las condiciones de la norma citada y, a que se ha fijado fecha de iniciación del debate oral y público en las actuaciones para el 13 de julio del año en curso (cfr. cuanto surge de la resolución a estudio), habrá de tomarse nota de la medida adoptada, y encomendarse al tribunal de juicio que mediante la utilización de todas las herramientas tecnológicas a su disposición garantice el comienzo del debate en la fecha señalada e imprima celeridad a su desarrollo."
"I.
- TOMAR NOTA de las prórrogas de prisiones preventivas dispuestas. II.
- ENCOMENDAR al tribunal de juicio que mediante la utilización de todas las herramientas tecnológicas a su disposición garantice el comienzo debate en la fecha señalada e imprima celeridad a su desarrollo."
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