Logo

Recurso Queja Nº 56 - IMPUTADO: FERNANDEZ, HERNÁN SEBASTIÁN s/INFRACCION LEY 22.415

El Ministerio Público Fiscal impugnó la concesión de detención domiciliaria otorgada a Hernán Sebastián Fernández. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible la queja por casación denegada y confirmó la denegatoria del recurso de casación por falta de requisitos de procedencia y por ser los agravios meros juicios de discrepancia.

Queja Casacion denegada Detencion domiciliaria Inadmisible Ministerio publico fiscal Camara de casacion Apelacion penal economico Art. 456 cppn Art. 478 cppn Di nunzio

Actor: Representante del Ministerio Público Fiscal (recurrente en la queja). Demandado: Hernán Sebastián Fernández. Objeto: Queja por denegación de recurso de casación contra la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico que revocó la resolución apelada y CONCEDIÓ a Hernán Sebastián Fernández la detención domiciliaria. Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de queja por casación denegada interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y lo rechazó sin costas (arts. 478, 530 y cc. del CPPN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la Sala “B” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de esta Ciudad resolvió 'I. REVOCAR la resolución apelada, en cuanto fue materia de recurso y CONCEDER a Hernán Sebastián FERNÁNDEZ la detención domiciliaria, bajo las condiciones siguientes: …' Contra dicho pronunciamiento dedujo recurso de casación el representante del Ministerio Público Fiscal, cuyo rechazo motivó la presentación directa en estudio." "Que habré de confirmar la denegatoria del recurso de casación. Ello pues entiendo que en el caso no se verifican los requisitos de procedencia establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso 'Di Nunzio, Beatriz H' (D.199.XXXIX., Causa N 107.572C.del 3 de mayo de 2005), en atención a que no nos encontramos ante una cuestión federal, de conformidad con el criterio que he sentado al votar, entre otras, en la causa nro. 5996 'Chaban, Omar Emir s/ rec. de casación', reg. nro. 1047/05, rta. el 24/11/05 de la Sala III de esta Cámara." "Por lo demás, la vía deducida tampoco puede prosperar, pues el recurrente limita la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes con el decisorio cuya impugnación postula, todo lo cual no alcanza para desvirtuar el razonamiento que sobre el particular realizó el a quo y cuyos fundamentos no logra rebatir. En tales condiciones, propicio declarar inadmisible el recurso de queja interpuesto, sin costas (arts. 478, 530 y cctes. del CPPN)." Voto en disidencia (parcialmente citado): "Que pudiendo constituir alguna de las causales previstas en el art. 456 del C.P.P.N. los agravios invocados por la parte recurrente, corresponde hacer lugar a la queja deducida de conformidad con lo dispuesto por la citada norma y el art. 463 ibidem. Ello, sin perjuicio de la solución que, en el caso, pudiera corresponder."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar