Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: CARDENAS, CRUZ ERNESTO Y OTRO s/USURPACION (ART.181 INC.1) DENUNCIANTE: FENOGLIO, MARIA LAURA Y OTROS
La defensa de Cruz Ernesto Cárdenas y María Belén Salinas interpuso recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Oral Federal que condenó a Cárdenas por usurpación, daños y atentados a la autoridad y a Salinas por daño agravado. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar parcialmente al recurso: confirmó las condenas por los hechos 2, 3 y 4, pero casó la sentencia en cuanto al Hecho 1 (usurpación) y absolvió a Cruz Ernesto Cárdenas por ese hecho, disponiendo remisión al tribunal de origen para dosimetría.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa particular conjunta de Cruz Ernesto Cárdenas y María Belén Salinas (recurso de casación interpuesto por los encausados).
Demandado: Sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia (juez Enrique Nicolás Baronetto) y la actuación del Ministerio Público Fiscal y la querella de la Administración de Parques Nacionales (partes acusadoras).
Objeto: Impugnación de la sentencia condenatoria; nulidad por vulneración del principio de congruencia y defectos en la valoración probatoria; falta de consideración del derecho indígena; y cuestionamiento de la identificación de los imputados en varios hechos.
Decisión: La Cámara rechazó el recurso respecto de los hechos 2, 3 y 4; hizo lugar parcialmente al recurso solo en relación con el Hecho 1 (usurpación), casó esa parte de la sentencia y absolvió a Cruz Ernesto Cárdenas por el Hecho 1; devolvió actuaciones al tribunal a quo para que, previa audiencia y visu, dicte la dosimetría punitiva correspondiente. No se impusieron costas en la instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"la prueba reunida no permite superar el estado de duda razonable acerca de la efectiva concurrencia del elemento subjetivo del ilícito... no existe acreditación suficiente de la responsabilidad de los encausados en orden a los episodios analizados, lo que impone concluir que no se encuentra justificado, con el grado de certeza exigido, que los imputados hayan obrado con intención de usurpar."
"En tales condiciones, la afirmación del tribunal según la cual los extremos reseñados acreditaban 'inequívocamente' el dolo, tanto en su faz cognoscitiva como volitiva, aparece sustentada en una inferencia que no logra superar el estándar de fundamentación exigible."
"I. RECHAZAR el recurso interpuesto por la defensa en beneficio de María Belén Salinas y Cruz Ernesto Cárdenas respecto de los hechos 2, 3 y 4... II. Por mayoría, HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de la defensa en favor de Cruz Ernesto Cárdenas, CASAR la sentencia recurrida únicamente en cuanto al hecho denominado 'Hecho 1', ABSOLVER al nombrado en orden al mismo y, en consecuencia, DEVOLVER las actuaciones al tribunal a quo para que se dicte, por ante quien corresponda y previa audiencia de visu con la debida intervención de las partes, su dosimetría punitiva; sin costas."
(Se incorpora además la referencia constitucional y convencional utilizada para el análisis: arts. 75 inc. 17 CN, Convenio 169 OIT, y precedentes del sistema interamericano y de la Corte Suprema citados en el voto.)
- Votos: Voto mayoritario que acoge la resolución detallada (votos de Slokar, adhesiones de Yacobucci y Ledesma; se especifica que la decisión es por mayoría).
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