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Incidente Nº 36 - IMPUTADO: FRECHERO, MAXIMILIANO JAVIER s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA

El imputado solicitó arresto domiciliario invocando el interés superior de sus hijas y la asistencia a su padre enfermo. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos de casación y avaló la valoración del Tribunal Oral que negó la morigeración por riesgo concreto de fuga y por no acreditarse afectación del interés superior de las menores.

Arresto domiciliario Riesgo de fuga Interes superior del nino Vigilancia electronica Pena elevada (19 anos) Fuga previa Victimas Asesor de menores Tribunal oral federal san martin Camara federal de casacion penal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensa Pública de Maximiliano Javier Frechero y el Asesor/Defensor de Menores e Incapaces. Demandado: Resolución del Tribunal Oral Federal de San Martín N°3 (incidente por arresto domiciliario). Objeto: Concesión de arresto domiciliario y/o vigilancia electrónica como medida alternativa a la prisión. Decisión: Se rechazaron los recursos de casación interpuestos por la defensa y por el Asesor de Menores, confirmando la decisión del Tribunal Oral que denegó el arresto domiciliario.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, citando textualmente): "La resolución impugnada debía ser descalificada como acto jurisdiccional válido, en tanto se encontraba “privada de la debida motivación que bajo pena de nulidad exige el art. 123 del C.P.P.N.”." (exposición del agravio, voces de recurrentes) "Para así decidir, consideró acreditada la existencia de riesgo de fuga a partir de la “la elevada expectativa de pena de efectivo cumplimiento -19 años de prisión, accesorias legales y costas del proceso-”, señalando que, más allá de la presunción de inocencia -al no encontrarse firme dicho decisorio-, la sentencia “permite tener por superada la imputación inicial y resulta un indicador de fuga concreto y objetivo, admitido por la jurisprudencia”." "Que, sentado lo expuesto, corresponde examinar las constancias de la causa a la luz de los agravios articulados por la defensa... De esta manera, si bien los organismos técnicos relevaron cierta afectación emocional y destacaron los beneficios que la presencia de Frechero podría reportar al grupo familiar, tales circunstancias no resultan suficientes para desvirtuar la conclusión alcanzada por el tribunal. En efecto, las niñas se encuentran escolarizadas, gozan de buen estado de salud, permanecen al cuidado de su madre, quien cuenta con ingresos para afrontar las necesidades del grupo familiar, y disponen de una adecuada red de contención familiar. Por ello, no se verifica una afectación al interés superior de las menores que permita apartarse de la solución adoptada por el tribunal." "Al respecto, no puede soslayarse que Frechero permaneció prófugo en la presente causa hasta el 9 de marzo de 2022, indicador concreto y objetivo de riesgo de fuga conforme a los arts. 221 y 222 del CPPF... Tales circunstancias, valoradas de manera conjunta, permiten concluir que subsiste un riesgo concreto de fuga. En ese contexto, la implementación de un dispositivo de vigilancia electrónica no aparece como una medida suficiente para neutralizar adecuadamente dicho riesgo." "En suma, corresponde referir que la resolución ha sido sustentada razonablemente y los agravios de los recurrentes sólo evidencian una opinión diversa sobre la cuestión debatida... que impiden su descalificación como acto jurisdiccional válido."
- Votos: Mayoría unánime; voto principal de la Dra. Angela E. Ledesma, con adhesión de los Dres. Guillermo J. Yacobucci y Alejandro W. Slokar.

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