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PAZOS CARLOS MARIA Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores reclamaron la incorporación al haber de retiro de suplementos y compensaciones creados por los Decretos 380/2017 y 463/2017. El Juzgado hizo lugar a la demanda para PAZOS Carlos María y FARJAT Oscar Roberto, reconociendo el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos y su integración al haber de pasividad.

Suplementos Decreto 380/2017 Decreto 463/2017 Remunerativo Bonificable Haber de retiro Generalidad Caja de retiros pfa Interes tasa pasiva Ejecucion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PAZOS Carlos María; FARJAT Oscar Roberto; (PERCHIVALE Eduardo Alfredo figuró inicialmente y luego se tuvo por desistido). Demandado: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina. Objeto: Reconocimiento e inclusión en el haber de retiro y/o pensión de los suplementos y compensaciones creados por la Resolución del Ministerio de Seguridad Nº 393E/2017 y los Decretos 380/2017 y 463/2017, con carácter remunerativo y bonificable. Decisión: Se hizo lugar a la demanda para PAZOS y FARJAT; se ordenó a la demandada a practicar la liquidación dentro de los 90 días de firmeza de la sentencia, efectuar la previsión presupuestaria y poner al pago, con costas a la demandada; se diferió regulación de honorarios para etapa de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales más relevantes):
- "La cuestión a resolver radica en establecer si procede reconocer a la parte actora el derecho a que se incorpore en su haber de retiro y/o pensión los suplementos y compensaciones creados por el Decreto 380/2017 y el Decreto 463/2017..."
- "El art. 4º del Decreto 380/2017, incorporó el Suplemento 'Alta Dedicación Operativa', de carácter no remunerativo y no bonificable... El artículo 6º creó el 'Suplemento Función Policial Operativa', de carácter remunerativo y no bonificable... El artículo 7º, creó el suplemento, 'Función Técnica de Apoyo' de carácter remunerativo y no bonificable..."
- "De la prueba certificada ... surge que el 91.74% del personal percibe los suplementos otorgados por el Decreto 380/2017, demostrando la generalidad de su asignación."
- "El art. 96 de la citada ley, expresa: 'Cualquiera sea la situación en que revistare el personal en el momento de su pase a situación de retiro, el haber de retiro se calculará sobre el CIEN POR CIENTO (100%) de la suma de los conceptos de sueldo y suplementos generales...'"
- "…he de reconocer el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos y compensaciones aquí reclamados, también percibidos por la generalidad del personal en actividad, los que deberán integrar la base de cálculo para la determinación de los haberes de pasividad (conf. Art. 96 de la ley 21.965)..."
- "A mayor abundamiento, se cita la sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... con fecha 6.9.2022, en la cual confirman las sentencias previas que habían hecho lugar a la demanda en cuanto perseguían la incorporación de los suplementos previstos en el Decreto 380/2017, con carácter remunerativo y bonificable..."
- "A las sumas devengadas deberá adicionarse el interés correspondiente a la tasa pasiva que publica el Banco Central de la República Argentina."
- Voto mayoritario: la sentencia no registra disidencia relevante; la resolución se apoya en jurisprudencia de la Corte Suprema y precedentes del fuero sobre la generalidad y naturaleza remunerativa de suplementos.

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