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HAEDO EDUARDO FELIPE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó la actualización de su haber previsional y reajustes varios por haber adquirido el beneficio bajo la ley 24.241. El Juzgado hizo lugar parcialmente, ordenando la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice BADARO y rechazando los demás pedidos sobre PC, PAP, topes y movilidad, con diferimiento de ciertos planteos para ejecución.

Pension Pbu Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Ley 24.241 Ley 27.426 Indice badaro Confiscatoriedad Impuesto a las ganancias Prescripcion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Haedo Eduardo Felipe (parte actora). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste y actualización del haber previsional (cálculo de Prestación Compensatoria —PC—, Prestación Adicional por Permanencia —PAP— y Prestación Básica Universal —PBU—), inconstitucionalidad de normas (leyes 24.241, 24.463 y 26.417, art. 79 ley 18.037 y topes), inclusión de bonos/refuerzos, aplicación de movilidad y no retención por Impuesto a las Ganancias. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se ordena a ANSES actualizar la PBU conforme índice "BADARO" y abonar sumas resultantes en plazo de 120 días, con intereses si la diferencia resulta confiscatoria; se rechazan los pedidos referidos a la actualización de la PC y PAP, topes y movilidad; se difiere el examen del art. 9 de la ley 24.463 y del art. 79 de la ley 18.037 para la ejecución; se ordena que no se efectúen descuentos por Impuesto a las Ganancias sobre las sumas que pudieran abonarse.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes del fallo): 1) Sobre la fecha de adquisición y prescripción: "la actora obtuvo el beneficio al amparo de la ley 24.241 con aporte dependientes fijándose como fecha de adquisición del derecho el día 26-12-2018..." y "corresponde analizar la procedencia del pedido desde dos años previos a la interposición del reclamo administrativo ... El límite siempre será la fecha de adquisición del beneficio." 2) Sobre actualización y aplicación de normas posteriores: "toda vez que se trata de un beneficio adquirido con posterioridad a la ley de movilidad n° 26417 y en vigencia de la ley 27426, en base a la modificación del art. 2 de la ley 26417, introducida por el art. 3 de la Ley 27426, corresponde estarse, para su actualización, a las pautas allí establecidas." Asimismo: "Por lo tanto, resulta inaplicable lo dispuesto por el Alto Tribunal en el fallo 'Blanco Lucio Orlando c/Anses s/Reajustes Varios'... toda vez que ... se revierte con el dictado de la ley 27426..." 3) Sobre la PBU y prueba de confiscatoriedad: "atento como se resuelve la presente, respecto de la actualización de las remuneraciones ... estimo que no se dan, en el caso, los presupuestos establecidos en el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c/Anses' ... Por lo tanto ... actualícese la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín' ... en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma." Se explicó el cálculo: "PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = 'X'. A ese importe 'X' se lo multiplica por 100. Dicho importe al dividirlo por el total del HABER INICIAL arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15..." 4) Sobre Impuesto a las Ganancias: "ordenando que hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto, no corresponde retener suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional ... consecuentemente, por economía procesal, aplicaré la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación." Se cita los precedentes "García María Isabel", "García Marta Susana" y "García Blanco Esteban". 5) Sobre inconstitucionalidad y carga probatoria: "El interesado en la declaración de inconstitucionalidad de una norma debe demostrar claramente de qué manera ésta contraría la Constitución Nacional... resultando insuficiente la invocación de agravios meramente conjeturales" (cita a "Moño Azul S.A. s/ ley 11.683", Fallos 316-687). Por ello, se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad respecto de topes y normas que no resultaron aplicables o no fueron acreditados. 6) Parte resolutiva textual (extracto): "1) Hacer lugar parcialmente a la demanda instaurada, actualizando la PBU conforme el índice 'BADARO'... 2) Ordenar a la ANSES que en el término de 120 días practique la actualización ordenada ... y en caso que la diferencia resulte confiscatoria, abone las sumas resultantes y con los intereses dispuestos ... 3) Rechazar la demanda en cuanto a la actualización de la PC y PAP, topes de ley y movilidad ... 4) Diferir el tratamiento del art. 9 de la ley 24463 y del art. 79 de la ley 18.037 para el momento de la ejecución de la sentencia. 5) Costas por su orden ... 6) ... difiérase la regulación de honorarios para la etapa de ejecución..."

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