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PARTIDO DEL TRABAJO Y LA EQUIDAD (PARTE) CAPITAL FEDERAL s/CONTROL DE ESTADO CONTABLE - Balance 2024

El partido Del Trabajo y la Equidad (PARTE) – Capital Federal – presentó extemporáneamente su balance 2024 para control de estado contable. El Juzgado aprobó el balance 2024, destacando la concordancia razonable de saldos pese a deficiencias formales y rechazó la aplicación de la multa por presentación extemporánea en virtud de la caducidad de la agrupación y la buena fe en someter sus cuentas al escrutinio.

Balance 2024 Aprobacion Ley 26.215 Presentacion extemporanea Caducidad de partido Auditoria contable Articulo 66 bis Publicacion segui Libro diario Recomendaciones contables

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Partido Del Trabajo y la Equidad (PARTE) – Capital Federal (como parte que presenta balance). Demandado: No hay demandado en sentido clásico; se trata de actuación de control de estado contable ante la Secretaría/Tribunal Electoral. Objeto: Aprobación y control judicial del balance correspondiente al ejercicio cerrado el 31/12/2024; verificación de registraciones contables y cumplimiento de normativa (Ley 26.215, art. 23 y 24). Decisión: Se APRUEBA el balance del ejercicio 2024 del partido PARTE Capital Federal; se ordena publicar la aprobación en la web del Poder Judicial; se indica al Tesorero conservar la documentación y adoptar las recomendaciones de la auditoría; no se aplica la multa del artículo 66 bis por extemporaneidad en razón de la caducidad del partido y su presentación espontánea.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "De conformidad con lo dictaminado por el señor Representante del Ministerio Público, es que corresponde y así, RESUELVO: I. APROBAR el balance correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2024 del partido Del Trabajo y la Equidad (PARTE) –Capital Federal–."
- "Por ello, el señor Representante del Ministerio Público Fiscal ... postula su aprobación. Sin perjuicio de ello, se insiste en que el partido deberá tener presente las recomendaciones efectuadas por la auditoria..."
- "De ello se desprende que el partido Del Trabajo y la Equidad (PARTE) Capital Federal no se encontraba obligado a cumplir con la presentación de los estados contables 2024, dado que se encontraba caduco. Así las cosas, sin perjuicio que el balance fuera presentado de forma extemporánea, a criterio de este Tribunal, no corresponde en el caso de autos aplicar a la agrupación política de marras la sanción establecida en el artículo 66 bis de la ley 26.215."
- "Así entonces, teniendo en cuenta que el cierre del ejercicio fue el 31 de diciembre de 2024, la fecha límite para la presentación, fue el 31 de marzo de 2025. Que el artículo 66 bis de la ley 26.215 establece las sanciones pertinentes para las agrupaciones políticas que presenten en forma extemporánea sus estados contables. Cabe destacar que las presentes actuaciones se forman por la presentación espontánea del partido de autos de todo lo referido al ejercicio contable 2024 y por ello, se dio el correspondiente trámite."
- Citas de la perito y del Fiscal que motivaron la aprobación: "la Auditora Contadora informa que los estados contables publicados en la página web del Poder Judicial de la Nación son coincidentes con los obrantes en autos." y el dictamen fiscal: "la valoración integral de las constancias que surgen del expediente, y a la luz de las reglas de la sana crítica, puede concluirse que el balance presentado refleja razonablemente los movimientos económicos y financieros ocurridos en el ejercicio y permite demostrar su situación patrimonial frente al escrutinio judicial, por lo que se postula su aprobación."
- Recomendaciones y observaciones incluidas textualmente: "la Auditora solicita al partido que, para sus futuros ejercicios, tenga en cuenta que los registros contables deben tener el nivel de detalle que establece la normativa vigente y además, que deberá transcribir en el libro Diario los asientos de cierre de los asientos de cierre de cuentas patrimoniales y de resultado." y "en caso de que no existan movimientos de efectivo en el período ... se debe dejar asentado en este registro tal circunstancia, informando el saldo inicial y el mismo saldo final al cierre del ejercicio."
- Sobre deuda y documentación: "la profesional contable manifiesta que faltan los asientos de cierre ... no obstante ello, advierte que de la mayorización de las cuentas ... surge que los saldos informados ... resultan concordantes con los declarados en los estados contables en examen." y respecto de la deuda: "la agrupación deberá informar en su próxima presentación contable la fecha y modalidad de cancelación de dicha obligación, acompañando la documentación respaldatoria pertinente."
- Medidas finales ordenadas: "II. HACER SABER al Tesorero del partido de autos que deberá conservar la documentación que respalda el balance ... Asimismo, deberá tener en cuenta las recomendaciones realizadas en el Considerando II." y "III. PÓNGASE en conocimiento de la Cámara Nacional Electoral, mediante oficio DEO acompañando copia del presente resolutorio. Y, déjese constancia de la aprobación del balance oportunamente publicado mediante el sistema SEGUI."

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