CASTUN, RICARDO OSCAR c/ EN - ARCA - LEY 27743 - DTO 652/24 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor promovió acción de conocimiento contra la AFIP (actual ARCA) solicitando la declaración de inconstitucionalidad de normas de la ley 27743 y el reintegro de las sumas retenidas por Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó la restitución de las sumas retenidas dentro del plazo de prescripción quinquenal, rechazando el recurso de la demandada salvo en la distribución de costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ricardo Oscar Castun.
Demandado: EN
- ARCA (Administración Federal de Ingresos Públicos, actual ARCA).
Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la ley 27743 y decretos (arts. 1º; 2º, inciso 1º; 23; 26, inciso i, último párrafo; 82, inciso c; 92 y 94 conforme texto ordenado decreto 824/19 actualizado con ley 27743) y el reintegro de las sumas retenidas por impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales.
Decisión: Se rechazó el recurso de apelación de la Administración en lo sustancial y se confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de las normas indicadas y ordenó el reintegro de las sumas retenidas no alcanzadas por la prescripción quinquenal; se admitió parcialmente el recurso sólo en cuanto a imponer las costas en ambas instancias por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Que el señor juez de la instancia anterior hizo lugar a la demanda contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (“AFIP”, actual “ARCA”) y, en consecuencia: (i) declaró la inconstitucionalidad de los arts. 1º; 2º, inciso 1º; 23; 26, inciso i, último párrafo; 82, inciso c; 92 y 94 conforme texto ordenado decreto 824/19 actualizado a la fecha con las modificaciones introducidas por la ley 27743; y (ii) dispuso el reintegro de la totalidad de las sumas que fueron retenidas que no estuvieran alcanzadas por las prescripción quinquenal establecida por el art. 56, segundo párrafo, de la ley 11.683, con más los intereses devengados a partir de la demanda -respecto de las sumas retenidas con anterioridad a su interposición-, calculados a las tasas previstas por las resoluciones MH 598/19, 559/22 y 3/24 (según su vigencia)."
"Que, el fondo de la cuestión debe ser examinado a la luz de las definiciones formuladas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el referido precedente 'García' (Fallos: 342:411 –en especial, v. considerandos 13, 14, 17, 19, 23 y 24–), que fue receptado por esta Sala en causas similares con independencia de la situación concreta de vulnerabilidad del sujeto pasivo del gravamen y sin necesidad de acreditar la confiscatoriedad del tributo en trato, conforme lo resuelto en 'Castro, Beatriz Marina c/ EN – AFIP s/ Proceso de Conocimiento' (sentencia del 02/07/2019, por remisión a Fallos: 342:411)."
"Bajo el escenario descripto, teniendo en cuenta la debida acreditación en autos del carácter beneficiario de haber previsional de la parte actora (v. recibos de haberes obrantes a fs. 24/33), corresponde desestimar los agravios del organismo fiscal y confirmar la sentencia apelada en este aspecto."
"Con relación a la fecha a partir de la cual corresponde la devolución de las sumas detraídas, cabe destacar que resulta de aplicación el plazo de prescripción quinquenal previsto en el art. 56, inc. c, segundo párrafo, de la ley 11.683, t.o. 1998 ... Por tales razones, el Fisco deberá restituir los montos que se hubieran detraído a la parte actora sobre sus haberes previsionales en concepto de Impuesto a las Ganancias atendiendo al plazo y forma de cómputo establecidos en la norma reseñada."
"Se hace saber a los señores letrados que los textos de las sentencias citadas pueden ser consultados en el sitio web: www.cij.gov.ar/sentencias.html."
- Costas: La Cámara impuso las costas en ambas instancias por su orden, conforme art. 68, segunda parte, del CPCCN.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: