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SANCHEZ RIOS, FRANKLIN WILDER c/ EN-M INTERIOR-DNM-EXPTE 44875806/18 DISP 579/23 s/RECURSO DIRECTO DNM

Reclamó la regulación de honorarios vinculados a la representación letrada en proceso contencioso-administrativo. La Cámara confirmó la regulación de honorarios a favor de la Dra. Ornella Paola Cappelletti, por entender fundada la liquidación y aplicar la ley 27.423 y la Resol. SGA n.° 1352/26.

Recurso directo Honorarios Ley 27.423 Resol. sga 1352/26 Camara contencioso administrativo federal Confirmacion Articulo 51 Iva Representacion letrada Regulacion de honorarios

Actor: Franklin Wilder Sánchez Rios (actor en el expediente original). Demandado: EN-M INTERIOR-DNM (Dirección Nacional de Migraciones u órgano vinculado; parte demandada representada por la Dra. Ornella Paola Cappelletti). Objeto: la cuestión principal del expediente es recurso directo contra resolución administrativa; en este pronunciamiento la cuestión concreta fue la regulación de honorarios a favor de la letrada de la parte demandada. Decisión: La Cámara Contencioso Administrativo Federal
- Sala IV confirmó la regulación de honorarios fijada en primera instancia a favor de la Dra. Ornella Paola Cappelletti y ordenó que la cancelación se realice conforme al artículo 51 de la ley 27.423; precisó que el importe no incluye IVA, que deberá adicionarse según la situación tributaria de la profesional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos relevantes del fallo (texto original): "Que, en atención a la naturaleza del asunto, al resultado obtenido, a la trascendencia de la cuestión debatida, al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada en la etapa cumplida ante la primera instancia, así como al modo anormal de terminación del proceso, corresponde CONFIRMAR —en tanto solo fueron apelados por bajos— los honorarios regulados a favor de la Dra. Ornella Paola Cappelletti, quien ejerció la representación legal y dirección letrada de la parte demandada (arts. 16, 19, 20, 21, 22, 29, 51 y ccdtes. de la ley 27.423; Resol. SGA n.° 1352/26)." "Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que ―en su caso― deberá ser adicionado conforme a la situación de la profesional interviniente frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE." Nota sobre firmas: "El juez de Cámara Marcelo Daniel Duffy no suscribe por hallarse en uso de licencia (art. 109, RJN)." (No constan en el texto votos en disidencia; la resolución se adoptó por la Cámara con las firmas indicadas.)

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