Recurso Queja Nº 1 - G. B., R. c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
La actora promovió una acción de amparo para obtener una medicación importada prescripta por su médico. La Corte Suprema revocó la decisión de la cámara que ordenaba continuar con la provisión de la medicación importada, al considerar que existía una alternativa nacional equivalente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Sustitución de medicación importada: sentencia dogmática que se apartó de las disposiciones aplicables La actora inició una acción de amparo tendiente a que se le proveyera la medicación prescripta por su médico y en las anteriores instancias se dispuso la provisión de la misma a título cautelar, a cuyos efectos comenzó a ser importada. La obra social demandada denunció que la ANMAT había autorizado la comercialización de un medicamento de fabricación nacional que cuenta con los mismos componentes, por lo que pidió la sustitución de la medida cautelar. La cámara sostuvo la obligación de seguir financiando la medicación importada, lo que originó la interposición de un recurso extraordinario. La Corte dejó sin efecto este pronunciamiento al considerarlo arbitrario por apoyarse en una valoración parcializada de la prueba ordenada como medida para mejor proveer por el propio tribunal de alzada. Por un lado consideró que si bien el Cuerpo Médico Forense hizo hincapié en las mejorías que el medicamento importado había reportado a la joven, no concluyó en que ese fuera el único para tratar la enfermedad que padece sino que la conclusión central del dictamen fue que la medicación podía ser reemplazada por otra de igual composición, como lo es la de origen nacional ofrecida por la recurrente. Además, el Tribunal sostuvo que la cámara omitió considerar que la actora no contestó el requerimiento a fin de que su médico especifique si la triple terapia debía ser inevitablemente de la marca importada o si podría intercambiarse con la nacional e indique si el medicamento de producción nacional se encontraba contraindicado para la amparista. Mostrar más
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