EN - M DESARROLLO PRODUCTIVO c/ MEDICUS SA DE ASISTENCIA MEDICA Y CIENTIFICA - EX 104142271/2019 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO promovió incidente/pretensión vinculada con la regulación de honorarios a su favor contra MEDICUS S.A. La Cámara confirmó las regulaciones de honorarios ordenadas en primera instancia, y dispuso su pago conforme al artículo 51 de la ley 27.423, sin incluir el IVA que deberá adicionarse según la situación fiscal de los profesionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO
Demandado: MEDICUS SA DE ASISTENCIA MEDICA Y CIENTIFICA
Objeto: Regulación y pago de honorarios a favor de la representación legal y dirección letrada de la parte actora; ejecución de regulaciones practicadas en primera instancia.
Decisión: La Cámara Contencioso Administrativo Federal —Sala IV— confirmó las regulaciones de honorarios decretadas en la instancia de origen respecto de las partidas que fueron apeladas, y ordenó su cancelación conforme al artículo 51 de la ley 27.423; aclaró que el monto no incluye el IVA, que deberá adicionarse según la situación fiscal de los profesionales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes):
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate; y atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas en la única etapa efectivamente cumplida durante el trámite de este proceso ante la primera instancia, corresponde CONFIRMAR —desde que solo fueron apelados por altos— los honorarios regulados a favor de la representación legal y dirección letrada de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 21, 29, 44, inc. a, 51 y ccdtes. de la ley 27.423; Resol. SGA N.° 1352/26).
Se deja constancia que las regulaciones que anteceden deberán cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27423, que no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, monto que —en su caso— deberá ser adicionado conforme a la situación de los profesionales intervinientes frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."
- Votos: Se consignó que el señor juez de Cámara Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art.109, RJN). La resolución fue firmada por Jorge Eduardo Morán y Rogelio W. Vincenti.
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