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MARTINEZ, SILVIA MARISOL c/ UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL s/AMPARO POR MORA

La actora promovió amparo por mora contra la Universidad Tecnológica Nacional solicitando la remisión del expediente. La Cámara declaró mal concedido el recurso de reposición in extremis interpuesto tras la declaración de incompetencia y archivo, y ordenó devolver las actuaciones sin imposición especial de costas.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MARTINEZ, SILVIA MARISOL. Demandado: UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL. Objeto: Amparo por mora; impugnación de la declaración de incompetencia y del archivo de las actuaciones y solicitud subsidiaria de remisión a la justicia federal de San Martín. Decisión: La Cámara declaró mal concedido el recurso de reposición in extremis porque no se articuló apelación alguna; dejó constancia de no imponer costas por ausencia de contradicción y ordenó registrar, notificar al actor y al Fiscal General y devolver las actuaciones. Se consignó la ausencia en la suscripción del juez Marcelo Daniel Duffy por licencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "1°) Que la jueza de grado declaró su incompetencia para entender en estas actuaciones y, en lugar de remitirlas al juzgado al que atribuyó el conocimiento del pleito, tal como autoriza el art. 354, inc. 1°, CPCCN, dispuso su archivo. El actor dedujo recurso de reposición in extremis contra dicho pronunciamiento y, en subsidio, solicitó la remisión de la causa a la justicia federal de San Martín (fs. 24/30). La magistrada desestimó la reposición y concedió una apelación que no fue solicitada por el interesado (fs. 31)." "2°) Que el tribunal de alzada, como juez del recurso, tiene amplias facultades para examinar, aun de oficio, la admisibilidad formal del recurso que llega a su conocimiento, sin que obste a ello la conformidad de las partes ni su concesión en la instancia de origen (esta sala, causa n° 13213/2009/CA2 “Rodríguez”, resol. del 8 de marzo de 2016; y sus citas)." "En mérito a lo expuesto, SE RESUELVE: declarar mal concedido el recurso, toda vez que no fue articulada apelación alguna. Sin especial imposición de costas dada la ausencia de contradicción." Se dejó constancia: "que el señor juez Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art. 109 RJN)."

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