MARLEW SA c/ EN-AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Marlew SA promovió demanda contra el Estado Nacional - AFIP en un proceso de conocimiento vinculado con contingencias tributarias. La Cámara Contencioso Administrativo Federal redujo y reguló los honorarios de la representación letrada de la parte demandada y del perito, ajustándolos a montos expresados en UMA por entender adecuada la retribución conforme a la ley 27.423 y la resolución SGA-CSJN 1352/26.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MARLEW SA.
Demandado: Estado Nacional
- AFIP.
Objeto: expediente caratulado “MARLEW SA c/ EN – AFIP s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO” (contencioso administrativo federal). En la resolución analizada se resuelven principalmente cuestiones relativas a la regulación de honorarios de la representación letrada de la parte demandada y del perito designado.
Decisión: La Cámara redujo y reguló los honorarios y emolumentos según lo previsto en la ley 27.423 y la resolución SGA-CSJN 1352/26, fijando importes expresados en pesos y equivalentes en UMA, y ordenó la aplicación del art. 51 de la ley 27.423 para su pago.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos más relevantes):
1°) "Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate, así como el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada durante las tres etapas del proceso, corresponde REDUCIR a la suma de $1.962.240 —equivalente a la cantidad de 20 UMA— los honorarios regulados en favor de la representación legal y la dirección letrada de la parte demandada (arts. 16, 19, 21, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423; y resol. SGA-CSJN 1352/26)."
2°) "Que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 30 y ccdtes. de la ley de arancel, y teniendo en cuenta la importancia del asunto discutido y la entidad de las tareas desempeñadas ante esta instancia (v. resol. del 13/11/25 y del 12/2/26), corresponde REGULAR en la suma de $1.275.456 —equivalente a la cantidad de 13 UMA— los emolumentos a favor de la representación legal y la dirección letrada de la parte demandada (resol. SGA-CSJN 1352/26)."
3°) "Que, atento la calidad y eficacia de la labor desarrollada y la importancia de la cuestión sobre la que debió expedirse el perito nombrado en autos, corresponde REDUCIR a la suma de $196.224 —equivalente a la cantidad de 2 UMA— los honorarios regulados a la cdra. Sukiennik Raquel Flora (arts. 21, 61 y ccdtes. de la ley 27.423; y resol. SGA-CSJN 1352/26)."
- Otras constancias relevantes: "Se deja constancia que las retribuciones que anteceden deberán cancelarse de acuerdo con lo previsto en el art. 51 de la ley 27.423 y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso– deberá ser adicionado conforme a la situación de los profesionales frente al citado tributo."
- Votos: El juez de Cámara Marcelo Daniel Duffy no suscribe por hallarse en uso de licencia (art. 109 del RJN). La resolución lleva las firmas de Rogelio W. Vincenti y Jorge Eduardo Morán.
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