LEON SANCHEZ REMBER c/ CP DESARROLLOS INMOBILIARIOS Y OTROS s/DESPIDO
El actor demandó por despido y reclamó reconocimiento de relación laboral no registrada como oficial albañil y responsabilidad solidaria de la empresa y arquitectos. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por insuficiente prueba sobre la identificación del empleador, por apreciación conforme a la sana crítica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: León Sánchez Rember.
Demandado: CP Desarrollos Inmobiliarios S.A. y codemandados Guillermo Sanbresqui; Sebastián Berdichevsky; Guillermo Gómez Bottoli (y otros referidos).
Objeto: Reconocimiento de relación laboral desde el 16/08/2012 como oficial albañil en obras (Ceretti 2161 y Congreso 5064), pago de remuneraciones adeudadas, registración, indemnizaciones por despido indirecto y responsabilidad solidaria de la firma y arquitectos.
Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó íntegramente la demanda; se impusieron las costas de Alzada en el orden causado y se regularon honorarios por Alzada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción y citas textuales relevantes):
"Tal como se advierte de las actas de declaración, los testigos propuestos por la parte actora sólo permiten tener por acreditada -en términos generales
- la realización de tareas de albañilería en una obra ubicada en Villa Urquiza, pero no aportan elementos de convicción suficientes para determinar quién o quiénes habrían sido los empleadores, extremo que constituía el núcleo de la litis y cuya acreditación pesaba sobre el reclamante."
"si bien los testigos describen haber visto al actor desempeñarse como albañil y refieren jornadas extensas, sus dichos presentan imprecisiones determinantes en los aspectos que resultan esenciales para establecer la existencia del vínculo laboral alegado. Así, ninguno de ellos pudo identificar con precisión a los sujetos que impartían órdenes ni a la persona o empresa que abonaba las remuneraciones. Más aún, cuando se refieren a la contratación o al pago del salario, lo hacen sobre la base de conocimientos meramente referenciales, derivados de lo que el propio actor les habría manifestado, y no de hechos percibidos propriis sensibus."
"Ello surge con claridad, por ejemplo, de las afirmaciones del testigo Mario Sacaca, quien expresó que 'el arquitecto SEBASTIAN contrató al actor… porque el actor le dijo que SEBASTIAN lo había contratado', y del testigo Beymar Canasa Saci, quien sostuvo que 'el empleador del actor era el arquitecto Carlos', pero sin poder precisar apellido, empresa o vínculo jurídico alguno."
"aun en la hipótesis más favorable al reclamante -esto es, aun admitiendo que efectivamente realizó tareas de albañilería en la obra mencionada
- la prueba rendida no permite establecer con el grado de certeza exigible quién habría sido su empleador, ni vincular de manera directa y convincente tales tareas con la firma CP Desarrollos Inmobiliarios o con los codemandados físicos."
"Por todo ello, la valoración efectuada por el a quo se exhibe ajustada a las reglas de la sana crítica y a la carga probatoria que pesaba sobre el actor, quien no logró acreditar los extremos esenciales de su pretensión. En consecuencia, los agravios deben ser rechazados y la sentencia de primera instancia confirmada en cuanto desestimó la demanda."
- Votos: Voto principal del Dr. José Alejandro Sudera con adhesión de la Dra. Andrea E. García Vior. No hubo disidencias.
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