JURCZUK CATALINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su pensión directa por aplicación de índices de actualización sobre remuneraciones históricas. El Juzgado hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenando el recálculo y pago retroactivo del haber conforme a los precedentes de la Corte Suprema y rechazando la mayoría de los planteos de inconstitucionalidad por falta de perjuicio concreto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: JURCZUK CATALINA, beneficiaria de pensión directa.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajuste del haber de pensión directa y reconocimiento de retroactivos, con oposición de inconstitucionalidad de normas (leyes 24.463, 24.241, 27.426, 27.541, 27.609 y decretos) y solicitud de aplicación de índices conforme precedentes de la Corte Suprema.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente: se admitió la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y, en cuanto al fondo, se ordenó a ANSES recalcular el haber y abonar los retroactivos conforme las pautas fijadas en el fallo, dentro de 120 días; se rechazaron la mayoría de los planteos de inconstitucionalidad por falta de agravio concreto; costas a la demandada; diferimiento de ciertos análisis para ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En atención a que la demandada opuso la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037, corresponde analizar la procedencia del pedido desde dos años previos a la fecha de interposición de la demanda. El límite siempre será la fecha de adquisicion del beneficio."
"Ello así, la actora ha solicitado en autos la actualización de las remuneraciones y/o rentas tomadas para el ingreso base, teniendo en cuenta las pautas fijadas, oportunamente, por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Elliff Alberto c/Anses s/Reajustes varios”, del 11/8/2009, por lo que he de estar a los términos establecidos en el citado precedente, conforme lo dispone el Alto Tribunal en el considerando 22) del fallo “Blanco”, ya citado."
"Respecto al planteo de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24241, ... corresponde no hacer lugar al mismo. ... El test de razonabilidad del art. 9 de la ley 24.463 lo diferiré para la etapa de ejecución de sentencia."
"En cuanto al pedido de inconstitucionalidad de las demás normas cuestionadas, debo destacar que observo en la especie dos aspectos que importan un valladar a las pretensiones de la parte actora. En efecto, en primer lugar no acredita la parte los daños concretos que la aplicación de la norma le ocasiona. En segundo término y obviamente relacionado con el primero, el pedido de inconstitucionalidad de la norma es realmente muy genérico..."
"Las diferencias a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. Esto así, de acuerdo a lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa 'Pellegrini, c/ Anses s/ reajustes varios' del 28.11.06 ... no pudiendo exceder los porcentajes establecidos en las leyes de fondo (conf. CSJN in re: 'Villanustre Raúl Félix' del 17/12/91), teniendo en cuenta lo dispuesto en la Resolución 955/08 de ANSeS."
Parte dispositiva esencial (resumen):
1) Hacer lugar a la defensa de prescripción art. 82 L.18.037 y parcialmente a la demanda.
2) Ordenar a ANSES que conforme el art. 22 L.24.463 abone el haber recalculado y el retroactivo dentro de 120 días.
3) Las sumas a favor de la actora serán abonadas íntegramente, sin quita alguna.
4) Diferir tratamiento del art. 9 L.24.463 para ejecución.
5) Costas a la demandada (art. 36, ley 27423).
6) Diferir regulación de honorarios hasta ejecución.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: