G. S., G. E. S/PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD CALIFICADA (IPP 03-04-2142-26) (J.G N°6)
El imputado Gamarra Sanhueza apeló el rechazo de su excarcelación ordinaria y extraordinaria en causa por privación ilegal de la libertad calificada. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia al considerar acreditados los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.
Quién demanda: Defensoría Oficial en representación de Gonzalo Ezequiel Gamarra Sanhueza
¿A quién se demanda?
Resolución del Juzgado de Garantías que rechazó la excarcelación
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Excarcelación ordinaria y extraordinaria del imputado, argumentando la ausencia de peligros procesales (fuga o entorpecimiento de la investigación)
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución de primera instancia que denegó ambos beneficios solicitados Fundamentos principales de la decisión: El tribunal sostuvo que si bien existe la regla general de libertad del procesado durante la tramitación del proceso (artículo 144 del Código de Procedimiento Penal), esta puede ser restringida "cuando fuere absolutamente indispensables para asegurar la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley". En cuanto al análisis de los peligros procesales regulados en el artículo 148 del Código de Procedimiento Penal, la sentencia expresó: "el magistrado, en su resolución, ha demostrado cabalmente la concurrencia de estos para denegar los beneficios solicitados. Ha valorado las características objetivas del hecho, el nivel de violencia y crueldad desmedido hacia la víctima, que ha gozado de una excarcelación anterior y que en dicha causa fue condenado. Además señala que hay dos coautores con solicitud de captura lo que permitiría suponer, con toda razón, que en libertad puede entorpecer la investigación." Respecto de la excarcelación extraordinaria solicitada en subsidio (artículo 170, CPP), el tribunal concluyó que "ni la objetiva valoración de los hechos, ni las condiciones personales del imputado lo hacen ingresar en dicho instituto, además de no haberse acreditado ninguna circunstancia que pueda considerarse relevante para otorgarle dicho beneficio".
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