A. L., R. N. S/HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA (IPP 03-04-1735-26) J.G.N°6
Apelación contra denegación de excarcelación en causa por homicidio en grado de tentativa. La Cámara revocó la decisión de primera instancia y ordenó al Juez de Garantías conceder la excarcelación ordinaria bajo condiciones que estime pertinentes.
Quién demanda: La Defensora Oficial, Dra. Olindi Huespi, en representación de Rodrigo Nicolás Aguirre Leyes.
¿A quién se demanda?
Contra la resolución dictada por el Sr. Juez de Garantías, Dr. David Mancinelli, que denegó la excarcelación del imputado.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La excarcelación ordinaria de Rodrigo Nicolás Aguirre Leyes, quien se encontraba detenido en investigación penal preparatoria por homicidio en grado de tentativa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la resolución de primera instancia y ordenó al Juez de Garantías conceder la excarcelación ordinaria a Rodrigo Nicolás Aguirre Leyes, bajo estrictas condiciones que estime pertinentes.
Fundamentos principales de la decisión:
"Esta Sala, mediante sentencia dictada el pasado 18 de junio del año en curso en el marco de la causa 28.873, dispuso recalificar el hecho imputado a Aguirre como LESIONES LEVES CULPOSAS AGRAVADAS POR LA UTILIZACION DE ARMA DE FUEGO (art. 94 y 41 bis del C.P). Conforme tal calificación, resulta excarcelable por la vía ordinaria a tenor del art. 169 inc. 1° C.P.P."
"Del informe del Registro Nacional de Reincidencia se desprende que Aguirre no registra antecedentes, con lo cual -como bien puntualiza la Defensa
- parece claro que la pena -en caso de arribarse a una eventual condena
- será de ejecución condicional o bien sería pasible de una suspensión de juicio a prueba."
"Analizado sendos informes socioambientales obrantes en la causa, realizados en forma presencial en el domicilio del encartado en la ciudad de Villa Gesell -uno de ellos por la Asistente social de la Defensoría Oficial y el otro por personal de la Asesoría Pericial Dptal.
- no encuentro obstáculo alguno para conceder a Rodrigo Nicolas Aguirre Leyes la excarcelación ordinaria solicitada; debiendo el Sr. Juez de garantías, si lo considera pertinente, imponer prohibición de acercamiento hacia la víctima y su familia o bien cualquier otro mecanismo previsto por la ley para la protección de la víctima, como por ejemplo el otorgamiento de botón antipánico."
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