.................... S/ MORIGERACION A LA P.P. - ARRESTO DOMICILIARIO
Rechazó la morigeración a prisión preventiva en modalidad arresto domiciliario para condenado por abuso sexual calificado de menor. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia considerando la extrema gravedad de los hechos, recomendaciones pericial psicológica, informe criminológico desfavorable y sentencia condenatoria a 12 años de prisión.
Quién demanda: Defensor Particular Dr. Mauricio Muñoz en representación de Raúl Daniel Beliera.
¿A quién se demanda?
Contra la Jueza Dra. Karina Lorena Piegari, integrante del Tribunal Oral Criminal, por la resolución que no hizo lugar a la morigeración de prisión preventiva.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Morigeración de la prisión preventiva en modalidad arresto domiciliario, alegando vulneración del derecho a obtener decisión en plazo razonable, insuficiencia de argumentos sobre peligro de fuga, falta de valoración de informe socioambiental, domicilio apto e informes sobre situación procesal, y arbitrariedad de la resolución.
¿Qué se resolvió?
La Cámara no hizo lugar al recurso de apelación y confirmó la resolución de primera instancia que rechazó la solicitud de morigeración en modalidad arresto domiciliario. Con costas. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal sostiene que "el encarcelamiento preventivo no es la regla sino la excepción" pero que "dicha circunstancia, por si sola, no habilita, acríticamente, dar vía libre a la pretensión de morigeración pretendida ya que, como bien se sabe, ello debe ser analizado en función de las circunstancias concretas que refleja el caso." El Tribunal valora "la extrema gravedad de los hechos motivantes de condena, cometidos contra una menor de tan sólo 11 años de edad, aprovechando su situación de vulnerabilidad." A esto se suma "lo manifestado por la perito psicóloga, Licenciada María Andrea Silva, quien recomienda la continuación de Beliera en los espacios tratamentales a los fines de fortalecer y adquirir nuevas herramientas en pos de su desarrollo integral." El Departamento Técnico Criminológico de la Unidad Penitenciaria Nº 13, mediante ACTA Nº 120/2026, "sugiere la Inviabilidad del instituto en trato." La sentencia condenatoria dictada el 4 de mayo de 2026 "condenó a Raúl Daniel Beliera, a la pena de doce (12) años de prisión, por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual calificado por haber sido cometido mediante acceso carnal, agravado por haber sido cometido mediante el aprovechamiento de la convivencia preexistente con una menor de 18 años y por la situación de guarda." Respecto al argumento sobre tardanza en resolver, la Cámara sostiene que "el juez debe decidir teniendo en cuenta la situación existente al momento de resolver, y no al de la presentación, más teniendo en cuenta que aquí la situación procesal se ha visto modificada." Finalmente, se concluye que "los principios de razonabilidad y proporcionalidad no se encuentran comprometidos atento al tiempo de detención que lleva el imputado."
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