PEREZ PAULA MELISA C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO
El Fisco apelóbase la regulación de honorarios del abogado patrocinante de la actora en causa contencioso-administrativa. La Cámara rechazó el recurso al confirmar la base regulatoria y considerar razonable el monto fijado conforme a los parámetros legales.
Quién demanda: Paula Melisa Pérez
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se trata de un recurso de apelación del Fisco contra: i) la base regulatoria adoptada para fijar honorarios (liquidación aprobada de $ 64.782.992,56 al 14-11-2024); y ii) el monto de honorarios regulados a favor del Dr. Juan Manuel Ferrá en suma de 244,72 Jus, por considerarlos excesivos y desproporcionados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó ambos agravios del Fisco y confirmó íntegramente la resolución del juez de grado del 13-4-2026, que reguló los honorarios en 244,72 Jus con arreglo a la escala del 17,5% prevista en el art. 21 de la ley arancelaria.
Fundamentos principales:
Respecto de la base regulatoria, la Cámara señaló: "De los antecedentes relevados se desprende que la apelación deducida con fecha 14-4-2026 [...] no estuvo dirigida a impugnar la liquidación aprobada en estas actuaciones, sino, en rigor, la providencia del 6-4-2026 mediante la cual el juez de grado rechazó, por improcedente, la liquidación del crédito de la actora efectuada por el Fisco. [...] el aludido recurso fue denegado por el magistrado de la instancia anterior, y esa decisión fue posteriormente confirmada por esta Cámara al desestimar la queja articulada contra tal denegatoria [...]. En tales condiciones, el agravio no puede prosperar. Pues la base regulatoria considerada por el juez de grado para fijar los honorarios del doctor Juan Manuel Ferrá [...] quedó definitivamente establecida en autos y arribó firme a esta instancia revisora."
Respecto de la regulación de honorarios, la Cámara expresó: "A fin de estimar los honorarios debidos por la actuación de los abogados, deben ponderarse las pautas brindadas por los arts. 13, 14 -carácter en que actúa el abogado
- y 16 -monto del asunto, resultado obtenido, complejidad y novedad de la cuestión, entre otros parámetros
- ambos preceptos del referido cuerpo legal arancelario."
Consideró que "la actuación profesional efectuada por el nombrado se desarrolló en tres etapas (cfr. demanda de fecha 21-12-2017, audiencia del art. 41 del C.P.C.A. del 15-5-2019, y presentación de alegato del 21-8-2019)" y concluyó: "las labores desarrolladas por el Dr. Ferrá durante las tres etapas del proceso y [...] los demás recaudos normativos señalados, parámetros a la luz de los cuales la valoración de sus trabajos efectuada por el juez de grado y el consecuente monto de los honorarios regulados en la instancia de grado (244,72 Jus), situado en un punto intermedio de la escala legal aplicable, no luce excesivo."
Se impusieron costas a la demandada por su condición de vencida conforme art. 51 inc. 1° CCA.
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