ALEMIAN JOSE LUIS C/ NAGERA JORGE PATRICIO Y OTRO/A S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
José Luis Alemian promovió demanda de desalojo contra Jorge Patricio Nagera por ocupación ilegítima de un inmueble ubicado en Ituzaingó. La Cámara revocó el rechazo de primera instancia y ordenó que se continúe con la acción, considerando que el demandado no tiene derecho legítimo a permanecer en el bien.
Quién demanda: José Luis Alemian
¿A quién se demanda?
Jorge Patricio Nagera y quien resulte ocupante y subinquilino del inmueble
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Desalojo del inmueble ubicado en calle Dr. Edelido Gelpi 1158 (antes Clierment), entre Iriarte y Arengreen, localidad de Ituzaingó, Partido de Morón, por ingreso por la fuerza y cambio de cerradura.
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia rechazó in limine la demanda de desalojo. La Cámara revocó esa sentencia y ordenó que se continúe con la acción en la instancia de origen, sin costas por falta de bilateralización. Fundamentos principales: "El juicio de desalojo, como acción personal que es, es un proceso judicial civil cuyo único objetivo es recuperar la tenencia y posesión de un bien inmueble. No se debate quién es el titular real del inmueble sino quién tiene el derecho a usarlo y ocuparlo. Se utiliza cuando el lugar está ocupado por personas que no tienen derecho legítimo a permanecer en él y se niegan a devolverlo de forma voluntaria. Específicamente, procede contra: intrusos u ocupantes ilegales; personas que ingresaron al inmueble de forma clandestina, por la fuerza o sin autorización alguna -como en el caso de una usurpación-." El tribunal señaló que el actor había aclarado en el memorial de apelación que Jorge Patricio Nagera no es el heredero de María Alemian (fallecida), sino que la heredera es su madre Elsa Alemian, quien fue declarada heredera en la sucesión "Alemian María s/ SUCESION AB-INTESTATO" mediante declaratoria de herederos de fecha 4-10-2023. En consecuencia, "acreditado que el demandado Jorge Patricio Nagera no es heredero de María Alemian, sino su madre Elsa Alemian, se revoca el fallo y se dispone remitir el expediente al Juzgado de origen para su continuidad, no significando la resolución dictada, prejudicialidad que obligue al apartamiento del decisor de primera instancia."
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