.................... S/ RECURSO DE CASACION
Recurso de casación sobre salidas transitorias y libertad condicional de condenado por tentativa de homicidio calificado. El Tribunal de Casación rechazó el recurso por improcedente, confirmando que el artículo 100 de la ley 12.256 obsta el otorgamiento de salidas transitorias incluso en grado de conato.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Defensora Oficial departamental, Silvia Lew, en representación de Adrian Daniel Molina Cruz.
A quién se demanda (Demandado): Adrian Daniel Molina Cruz (recurso contra resoluciones que deniegan beneficios penitenciarios).
Qué se reclama (Objeto de la demanda):
- Impugnación de la sentencia de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial San Martín que revocó el otorgamiento de salidas transitorias y confirmó el rechazo de la libertad condicional solicitada por el condenado.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal):
El Tribunal de Casación declaró admisible el recurso de casación pero lo rechazó por improcedente, confirmando la decisión de la Cámara que revocó las salidas transitorias. Se confirmó que no procede el otorgamiento de salidas transitorias en casos de tentativa de homicidio calificado por el vínculo (artículo 80 inciso 1 del Código Penal), conforme lo establece el artículo 100 de la ley 12.256.
Fundamentos principales de la decisión:
El Tribunal estableció: "Así, observo que las condiciones que presenta el interno son auspiciosas para la procedencia del instituto peticionado, en tanto cumple con los requisitos conductuales relevados por la normativa aplicable. En función de ello, se encontrarían dadas -en principio
- las condiciones para que Molina acceda al instituto de salidas transitorias, apareciendo la limitación del art. 100 de la ley 12.256 como obstáculo dirimente para decidir en favor del instituto solicitado."
En cuanto a la naturaleza del delito, el Tribunal sostuvo: "el hecho que no se haya consumado el delito no obsta la aplicación de la restricción contenida en el art. 100 de la ley 12.256, en función de la figura penal en trato (art. 80 inc. 1 del CP)."
La Cámara había expresado: "...comprende necesariamente aquellas conductas en grado de conato, en los términos del art. 42 del Código de Fondo (...), el instituto lo que permite es ampliar el campo normativo de la figura penal a los efectos de captar aquellas conductas que quedan en grado de tentadas, en miras de no afectar el principio de legalidad previsto en el art. 18 de la CN., sin importar el grado de avance que haya tenido en el desarrollo del iter criminis..."
Respecto de la libertad condicional, el Tribunal concluyó que "la garantía de la doble instancia se encuentra abastecida, pues tanto el Juzgado de Ejecución interviniente como la Alzada departamental se expidieron en el mismo sentido en relación a la petición defensista" y que no se advertía arbitrariedad que activara el control casatorio.
Adrian Daniel Molina Cruz fue condenado a doce (12) años de prisión, accesorias legales y costas, por los delitos de tentativa de homicidio calificado por el vínculo y tentativa de homicidio simple, por hechos cometidos el 8 de octubre de 2014, con vencimiento de la sanción el 7 de octubre de 2026.
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