RODRIGUEZ DAIANA ANTONELLA C/ PELLEGRINI EZEQUIEL ALBERTO S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre la trabajadora y el empleador en un proceso laboral. El Tribunal de Trabajo hizo lugar a la homologación por considerar que la conciliación no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses de las partes.
Quién demanda: RODRIGUEZ DAIANA ANTONELLA (trabajadora)
¿A quién se demanda?
PELLEGRINI EZEQUIEL ALBERTO (empleador)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de convenio conciliatorio celebrado entre las partes en una causa laboral.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal de Trabajo Nº 4 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora homologó el acuerdo conciliatorio en los términos expresados por las partes, conforme lo normado en el artículo 30 de la Ley 15.057 y artículo 15 de la Ley 20.744. Asimismo, se rechazó la eximición de pago de tasa de justicia solicitada por la demandada, quien deberá abonar la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL ($66.000.-). Se regularon honorarios profesionales a cargo de la demandada en favor del Dr. OTTAVIANI RICARDO ANIBAL en la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000.-) equivalentes a 12,06 JUS, más aportes de ley. Se reconocieron los honorarios de la abogada de la parte actora Dra. BOTTONE MAGALI SOFIA en la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000.-), con más aportes y contribuciones de ley. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. BLANCA ESTER RIVOLTA expresó en su voto: "Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec. 339/94 B.O. 29-7-94)." Los Dres. LAREQUI y BUDNIK votaron en igual sentido que la Dra. RIVOLTA por compartir sus fundamentos, lo que permitió arribar a una decisión unánime.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: