PERSIGO MARCELA ALEJANDRA C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
Se homologó el desistimiento del proceso por enfermedad profesional promovido por la actora contra la Provincia de Buenos Aires. El Tribunal del Trabajo hizo lugar al desistimiento sin afectar disposiciones de orden público, regulando los honorarios profesionales y periciales conforme a las normas aplicables.
Quién demanda: Persigo Marcela Alejandra
¿A quién se demanda?
Gobernación de la Provincia de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La actora promovió demanda por enfermedad profesional contra la Provincia de Buenos Aires. Durante el proceso, la actora formuló desistimiento del mismo, requiriendo su homologación.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal del Trabajo Nº 4 homologó el desistimiento del proceso efectuado por la actora, imponiendo costas a su cargo con el beneficio previsto por la ley 15.057. Asimismo, se regularon los honorarios de los letrados actuantes y los peritos intervinientes. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. Alejandra Gallese expresó en su voto: "Habida cuenta que el desistimiento es uno de los modos anormales de terminación del proceso y que en los presentes actuados se cumple con lo dispuesto por el art. 304, primera parte, del CPCC y no se afectan vigentes disposiciones de orden público, soy de opinión favorable a homologar el desistimiento del proceso efectuado en autos." Los Sres. Jueces Prado y Martiarena adhirieron al voto emitido en primer término por compartir sus fundamentos. Respecto a los honorarios del letrado Gonzalo Diego Olivera se regularon en 3,75 jus previsionales (suma de $186.560 a la fecha), considerando "el valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, complejidad y novedad de la cuestión planteada, resultado obtenido, y trascendencia de la resolución". Se regularon los honorarios del perito médico Gualdoni Raul Néstor en $6.000 más el 10% conforme ley 6.742, y de la perito psicóloga Martino Ana Cecilia en $6.000 más el 10% conforme ley 12.163.
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