AGOSTINO ELISABET GRACIELA C/ ASOCIACIÓN MUTUAL DE TRABAJADORES DEL SECTOR LACTEO AMTRASEL S/ DESPIDO
Homologación de acuerdo transaccional en demanda por despido. El Tribunal de Trabajo Nº 4 de Avellaneda-Lanús hizo lugar al acuerdo celebrado entre las partes, regulando honorarios profesionales e imponiendo costas a la demandada.
Quién demanda: Agostino Elisabet Graciela
¿A quién se demanda?
Asociación Mutual de Trabajadores del Sector Lácteo AMTRASEL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se trata de una demanda por despido en la que las partes presentaron un acuerdo transaccional para poner fin al litigio.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes, reguló los honorarios de los profesionales intervinientes, impuso las costas a la parte demandada, y estableció procedimientos detallados para el pago de las sumas adeudadas y los honorarios profesionales.
Fundamentos principales de la decisión:
El Dr. Miguel Ángel Osso expresó: "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la Ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones."
El Tribunal destacó como requisito esencial que "en fecha 26/06/2026 el actor en forma personal ratifica el acuerdo celebrado, requisito que considero esencial."
La sentencia además estableció que "Sin perjuicio de las condiciones plasmadas en el acuerdo celebrado, la parte demandada abonará en concepto de cláusula penal, el 0,30 % del capital adeudado por cada día de retardo en la acreditación de los respectivos depósitos."
Los Dres. Lucas Nahuel Morán y Fernando Marcelo Ibarra votaron por análogas consideraciones, llegando a la homologación del acuerdo conforme al art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Disposiciones principales:
- Homologación del acuerdo (art. 15 L.C.T.)
- Imposición de costas a la demandada (art. 24 Ley 15.057)
- Regulación de honorarios para Dres. Juan Pedro Anders y Rosa del Carmen Yocco en $3.000.000 cada uno, más 10% Ley 8455 e IVA
- Regulación de honorarios del Contador José Luis Minissale en $600.000 más aportes de ley e IVA
- Tasa de justicia de $330.000 más 5% contribución
- Pago mediante depósito en cuenta sueldo del trabajador
- Cláusula penal del 0,30% diario por retardo en acreditación de depósitos
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