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TERRES LEONARDO RAMON C/ TECMA S.A. S/ FONDO DE DESEMPLEO

El actor promovió demanda por fondo de desempleo contra TECMA S.A. y ANY SRL. El Tribunal homologó el desistimiento respecto de ANY SRL y el acuerdo conciliatorio con TECMA S.A. por la suma de cuatro millones de pesos.

Desistimiento Homologacion Conciliacion Fondo de desempleo Derecho laboral Lct Acuerdo conciliatorio Modos anormales de terminacion del proceso Orden publico Celeridad procesal

Quién demanda: TERRES LEONARDO RAMÓN

¿A quién se demanda?

TECMA S.A. y ANY SRL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones por fondo de desempleo

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó tanto el desistimiento del proceso respecto del codemandado ANY SRL como el acuerdo conciliatorio celebrado entre el actor y TECMA S.A. por la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000), pagadero en un solo pago dentro de las 48 horas de dictada la homologación. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. PRADO, con adhesión del Dr. MARTIARENA y la Dra. GALLESE, sostuvo que "el desistimiento es uno de los modos anormales de terminación del proceso y que en los presentes actuados se cumple con lo dispuesto por el art. 304, primera parte, del CPCC y no se afectan vigentes disposiciones de orden público". Respecto del acuerdo conciliatorio con TECMA S.A., expresó que "la conciliación arribada entre las partes actora y demandada TECMA S.A. no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT y términos de la ley 24.557". Asimismo, el Tribunal enfatizó que "la renuncia genérica de derechos no tiene ningún valor (art. 12 L.C.T.)" y que "la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal", lo que justificó la homologación del acuerdo celebrado entre las partes. Se regularon honorarios: Dr. Luna Cristian Gabriel (parte actora) en 16.080 JUS (equivalentes a $800.000) y Dra. Soriano Rocio (parte demandada) en 8.040 JUS (equivalentes a $800.000), con más aportes previsionales del 10% e IVA según corresponda. Las costas fueron a cargo de TECMA S.A.

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