Logo

STOCHI MARICEL SUSANA C/ BIECKLER JUAN CARLOS -SU SUCESION- Y OTRO/A S/ DESPIDO

Demanda por despido donde las partes llegaron a un acuerdo conciliatorio por $21.500.000. El Tribunal del Trabajo homologó la conciliación por considerar que representa una justa composición de derechos e intereses, regulando honorarios profesionales y pericia contable.

Despido Conciliacion laboral Homologacion de acuerdo Principio protectorio Irrenunciabilidad Justa composicion de derechos Honorarios profesionales Tasa de justicia Ley de contrato de trabajo Derecho del trabajo

¿Qué se resolvió en el fallo?

Demandante: Stochi Maricel Susana Demandado: Bieckler Juan Carlos -su sucesión
- y otro/a Objeto de la demanda: Reclamo por despido Decisión del Tribunal: El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado en fecha 18/06/2026, por el cual la demandada abonará a la actora la suma de $21.500.000, conforme al artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo. Fundamentos principales: "El principio protectorio impera en el Derecho del Trabajo e informa la mayor parte de sus normas, ha sido elevado a la jerarquía constitucional por el art. 14 bis de la Constitución Nacional, se identifica plenamente con el orden público laboral e inspira la irrenunciabilidad consagrada en el art. 12 de la LCT. Derivación de tal irrenunciabilidad es el art. 15 de la LCT que admite los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios; no obstante, para su validez y eficacia, exige no sólo la intervención de la autoridad administrativa o judicial sino, también, la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada. Ello impone la obligación al Tribunal de analizar y evaluar el mérito y la legalidad del acuerdo que proponen las partes." "Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (arts. 15 de la LCT y 30 de la ley 15.057)." El Tribunal dispuso además: imponer costas a la demandada; regular honorarios del Dr. Andrés Palacios en $4.300.000 (86,43 jus) y de la Dra. Luisina Mabel Jofre en $2.150.000 (43,22 jus); regular honorarios de la contadora Lorena Alejandra Martín en $1.075.000 con adicional del 10%; rechazar la limitación de responsabilidad en costas solicitada; intimar el pago de tasa de justicia ($473.000) y contribución de sobretasa ($23.650).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar