STOCHI MARICEL SUSANA C/ BIECKLER JUAN CARLOS -SU SUCESION- Y OTRO/A S/ DESPIDO
Demanda por despido donde las partes llegaron a un acuerdo conciliatorio por $21.500.000. El Tribunal del Trabajo homologó la conciliación por considerar que representa una justa composición de derechos e intereses, regulando honorarios profesionales y pericia contable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Demandante: Stochi Maricel Susana
Demandado: Bieckler Juan Carlos -su sucesión
- y otro/a
Objeto de la demanda: Reclamo por despido
Decisión del Tribunal: El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado en fecha 18/06/2026, por el cual la demandada abonará a la actora la suma de $21.500.000, conforme al artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Fundamentos principales:
"El principio protectorio impera en el Derecho del Trabajo e informa la mayor parte de sus normas, ha sido elevado a la jerarquía constitucional por el art. 14 bis de la Constitución Nacional, se identifica plenamente con el orden público laboral e inspira la irrenunciabilidad consagrada en el art. 12 de la LCT. Derivación de tal irrenunciabilidad es el art. 15 de la LCT que admite los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios; no obstante, para su validez y eficacia, exige no sólo la intervención de la autoridad administrativa o judicial sino, también, la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada. Ello impone la obligación al Tribunal de analizar y evaluar el mérito y la legalidad del acuerdo que proponen las partes."
"Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (arts. 15 de la LCT y 30 de la ley 15.057)."
El Tribunal dispuso además: imponer costas a la demandada; regular honorarios del Dr. Andrés Palacios en $4.300.000 (86,43 jus) y de la Dra. Luisina Mabel Jofre en $2.150.000 (43,22 jus); regular honorarios de la contadora Lorena Alejandra Martín en $1.075.000 con adicional del 10%; rechazar la limitación de responsabilidad en costas solicitada; intimar el pago de tasa de justicia ($473.000) y contribución de sobretasa ($23.650).
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