HERRERA ANGELICA BEATRIZ C/ MILANESI HECTOR S/ DESPIDO
Homologación de acuerdo transaccional en demanda por despido entre Angélica Beatriz Herrera y Héctor Milanesi. El Tribunal homologó el acuerdo al no encontrar obstáculo legal y considerar alcanzada una justa composición de la litis.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Demandante: Angélica Beatriz Herrera
Demandado: Héctor Milanesi
Objeto de la demanda: Homologación de acuerdo transaccional en causa de despido, presentado por ambas partes en fecha 26 de junio de 2026.
Decisión del Tribunal: El Tribunal del Trabajo Nº 3 de General San Martín resolvió homologar con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo transaccional celebrado entre las partes.
Fundamentos principales de la decisión:
"Que no surge del análisis de autos, obstáculo legal alguno que impida su homologación, considerando que se ha logrado una justa composición de la litis."
"Homologar con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo transaccional celebrado y acompañado en fecha 26/6/26, por considerar que de las constancias del presente juicio, de las explicaciones dadas por cada uno de los litigantes, como así también de las bases del mismo no surge obstáculo legal alguno, habiéndose alcanzado una justa composición de la litis (art. 15 LCT., art. 30, Ley 15057
- art. 309 y ss. CPCC. y art. 89, Ley 15057)."
Disposiciones accesorias:
- Imposición de costas al demandado Héctor Milanesi conforme art. 24, Ley 15.057.
- Regulación de honorarios profesionales: Dra. Mariana Analía Zamudio (letrada actora) 12.10 Jus Arancelarios; Dra. Concepción Fausta Doz Peralta (letrada demandada) 12.10 Jus Arancelarios, equivalentes a $49.750 cada uno según Ac. 4222/26 SCBA, más 10% adicional y porcentaje IVA según condición tributaria.
- Rechazo del pedido de exención de tasa de justicia formulado en la cláusula sexta del acuerdo: Se intima al demandado al pago de $69.300 (tasa de justicia $66.000 y contribución sobre tasa $3.300).
- Se establece cronograma de pagos mediante acreditación directa en cuentas bancarias del accionante y profesionales intervinientes.
- Cancelación de audiencia preliminar fijada para el 28 de agosto de 2026.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: