CARRIZO JUAN EDUARDO C/ GALENO ART S A S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
El actor promovió demanda por accidente in-itinere contra aseguradora de riesgos del trabajo. El Tribunal de Trabajo Nº3 de Quilmes declaró su incompetencia territorial y remitió las actuaciones al Tribunal de Trabajo Nº1 de Florencio Varela, por corresponder la competencia al domicilio del actor.
Quién demanda: Juan Eduardo Carrizo, domiciliado en Pereyra Lucina Nº555, Florencio Varela.
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A. (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por accidente de trabajo (accidente in-itinere).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal del Trabajo Nº3 de Quilmes declaró su incompetencia territorial y remitió las actuaciones al Tribunal de Trabajo Nº1 con asiento en Florencio Varela.
Fundamentos principales de la decisión:
La Dra. Silvia Cristina Bozzola, en su voto, estableció: "En fecha 20/5/2026 se presenta el Sr. JUAN EDUARDO CARRIZO -a través de su letrado apoderado Dr. LEANDRO DAMIÁN BISSO
- e inicia demanda por accidente de trabajo contra ALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.. En el escrito de inicio se denuncia que el actor tiene su domicilio en Pereyra Lucina N°555, correspondiente al partido de Florencio Varela".
Respecto a la competencia territorial, la magistrada señaló: "Debe mencionarse además que la ley N°5827 -en su Art. N°24
- establece la competencia territorial del único Tribunal de Trabajo con asiento en Florencio Varela y que el propio accionante solicita la remisión de las actuaciones a dicha dependencia judicial".
Finalmente, concluyó: "Por todo ello, sumado a lo dispuesto por el art. 3 de la ley 15.057 el cual establece que la competencia territorial resulta improrrogable, entiendo que deviene indiscutible la incompetencia de este Tribunal, correspondiendo remitir las presentes actuaciones a la citada dependencia judicial". Las Dras. Bártola y Garay adhirieron por las mismas consideraciones.
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