RAMOS BRIAN LIONEL OSCAR C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Trabajador de transporte de pasajeros demandó a su aseguradora por prestaciones derivadas de accidente laboral con lesiones cervicales y lumbares. El Tribunal condenó a la ART al pago de indemnización por incapacidad del 9,4% con aplicación de la fórmula legal actualizada según ley 27.348.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Demandante: Brian Lionel Oscar Ramos Demandado: Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (ART) Objeto del reclamo: Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo ocurrido el 15 de septiembre de 2022, cuando el actor, siendo chofer de la empresa Nuevo Ideal S.A. (línea 620 de transporte de pasajeros), fue embestido por la parte trasera de su ómnibus por una camioneta de gran porte en la intersección de Avda. Juan Manuel de Rosas y Juana Azurduy, resultando con lesiones en columna cervical y lumbar. Decisión del Tribunal: Se hizo lugar a la demanda, condenando a Experta ART S.A. al pago de $ 10.998.272,97 en concepto de prestaciones dinerarias por incapacidad laboral definitiva. Fundamentos principales: El Tribunal destacó que se encontraban acreditados todos los requisitos para la procedencia de la demanda: relación laboral vigente desde el 1 de agosto de 2012, afiliación de la empleadora al régimen de riesgos del trabajo (contrato suscripto el 1 de septiembre de 2016 con Experta ART), aceptación del siniestro por la aseguradora (expediente SRT 480852/22) y acreditación de la incapacidad resultante. Respecto de la incapacidad, el Tribunal valoró la pericia médica del Dr. Ruber Jorge Der de fecha 30/09/24, que determinó una incapacidad física del 10% por cervicalgia postraumática, que aplicando factores de ponderación (dificultad de la tarea 10%, edad 2%) y el método Balthazard para las preexistencias (6% de incapacidad anterior), resultó en una incapacidad final del 9,4% conforme baremo 659/96. Al respecto, el fallo expresó: "Con sustento en la prueba referenciada y consideraciones formuladas, tengo por acreditado que el legitimado activo presenta lesión de cervicalgia, lo cual le provoca una incapacidad del orden físico del 9,4% de la T.O., que en el porcentual señalado guarda nexo causal con el evento dañoso tenido por acreditado en autos." En relación al cálculo de la indemnización, el Tribunal aplicó la metodología establecida por el art. 11 de la ley 27.348, rechazando la aplicabilidad del decreto 669/19 (declarado inconstitucional por la Suprema Corte Provincial en causa "Muzychuk" del 14/07/2025 y ratificado en "Sayes"). El ingreso base se determinó en $ 188.191,54 al mes del accidente, actualizado con interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, arrojando una base de $ 684.572,45. Aplicada la fórmula legal del art. 14 inc. 2 a) de la ley 24.557 (53 x I.B. x Incapacidad x 65/Edad), resultó la suma de $ 6.923.396,09. Sin embargo, el Tribunal consideró "que resulta ostensiblemente exigua la suma que arroja el cálculo efectuado, lesionando el derecho de propiedad del trabajador, teniendo como norte que la reparación sea equitativa, concreta y justa", por lo que aplicó el piso mínimo garantizado por el régimen: $ 9.165.227,48 (equivalente al 9,4% de $ 97.502.420 conforme Res. SRT 37/25). Se adicionó el 20% previsto en el art. 3 de la ley 26.773 por indemnización adicional, sumando $ 1.833.045,49, para un total de $ 10.998.272,97. El Tribunal desestimó los planteos de inconstitucionalidad efectuados por la demandada respecto del régimen de riesgos del trabajo y la ley 26.773, considerándolos abstractos y carentes de significación efectiva una vez resuelta favorablemente la demanda.
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