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SIMONI ARIANA CARLA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RESOLUCION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 15057

La trabajadora promovió acción de revisión de resolución de comisión médica por contingencia laboral del 27/07/2020. El Tribunal de Trabajo condenó a la aseguradora al pago de $ 21.625.306,14 por incapacidad parcial permanente del 22,92%, aplicando la actualización conforme Ley 27.348 tras la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 669/2019.

Accion de revision Incapacidad laboral Contingencia de trabajo Indemnizacion Ley 24.557 Ley 27.348 Inconstitucionalidad decreto 669/2019 Actualizacion por ripte Tasa activa bna Incapacidad parcial permanente.

Quién demanda: Ariana Carla Simoni (trabajadora, nacida 16/02/1988)

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional respecto de la incapacidad psicofísica derivada de contingencia laboral sufrida el 27/07/2020 mientras prestaba tareas para la empresa Poder Judicial Ministerio Público.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la acción de revisión y condenó a la aseguradora a pagar la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS SEIS CON CATORCE CENTAVOS ($ 21.625.306,14) en concepto de indemnización conforme artículos 14 de la Ley 24.557 e inciso 3 de la Ley 26.773. Fundamentos principales: "Se encuentra firme por cuanto no ha sido motivo de casación, que la señora ARIANA CARLA SIMONI, nacido el 16/2/1988, es portadora de incapacidad psicofísica del 22,92%, en relación causal con la contingencia denunciada en fecha 27/07/2020; y la cobertura en los términos de la ley 24.557 el caso encuadra en las previsiones del art. 14 inc. 2 a) de la ley 24.557." El cálculo de la prestación se realizó conforme a la siguiente estructura: "Por ello, al Valor Ingreso Base (VIB) actualizado por RIPTE de $ 158.952,25 corresponde adicionar el interés Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina desde el siniestro (27/07/2020) hasta el día de la fecha de $ 571.840,95, suma que arroja la de $ 730.793,20 en los términos del artículo 11.2 de la ley 27.348. El cálculo de la prestación debe realizarse, de acuerdo a la siguiente fórmula: valor ingreso base ($730.793,20) x 53 x incapacidad (22,92%) x coeficiente de edad (65/32). A la suma de $ 18.021.088,45 deberá adicionarse la de $ 3.604.217,69 en concepto de prestación art 3 de la ley 26.733." La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires había declarado previamente la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/2019, motivo por el cual el Tribunal debió dictar nuevo pronunciamiento aplicando la actualización conforme Ley 27.348 mediante Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina. Se impusieron costas a la demandada vencida conforme artículo 24 de la Ley 15.057.

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