GRAY MIRTA NOEMI C/ GALENO ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora demandó a la ART por prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente derivada de patología lumbar contraída en tareas de limpieza municipal. El Tribunal rechazó la demanda por falta de acreditación de relación causal entre la patología y el trabajo desempeñado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Demandante: Mirta Noemí Gray
Demandado: Galeno ART S.A.
Objeto de la demanda: Reclamo de indemnización por prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente conforme la Ley 24.557 modificada por Ley 26.773, en suma de $188.982,85 más intereses y actualización. La actora alegó padecer hernia discal lumbar y afección psicológica con incapacidad física del 30% y psicológica del 10% (40% total), derivadas de sus tareas como personal de maestranza en el Polideportivo de Villa Gesell entre el 01/01/2012 y el 31/07/2016.
Decisión del Tribunal: El Tribunal rechazó íntegramente la demanda, condenando a la actora al pago de costas.
Fundamentos principales de la decisión:
El Tribunal sostuvo que la actora no acreditó la relación causal entre la patología y las tareas laborales. Según el voto del Dr. Laborde, que fue compartido por los demás magistrados:
"en relación a la contingencia que se denuncia, del informe acompañado por la SRT en fecha 28/8/2019 surge que la misma fue rechazada".
Respecto a la prueba pericial médica, el Tribunal destacó: "el experto basándose en los estudios y examen físico realizados, determinó que la actora presenta una hernia discal a la altura de su columna lumbosacra (L5-S1)" pero concluyó que "la actora no presenta incapacidad que se pueda relacionar en forma única y directa con un accidente o con sus tareas" y que "de acuerdo a las consideraciones médicas se considera a la patología lumbar como de origen multifactorial".
El Tribunal enfatizó que la actora no cumplió su carga probatoria: "No alegó la parte actora, ni a todo evento demostró, cuál era el agente de riesgo al que se encontraba expuesta, ni efectuó un detalle preciso de las tareas que le habrían ocasionado tal patología, ni identificó las circunstancias de modo, tiempo y lugar, sumado a que tampoco acompañó documentación de ningún tipo que pudieran verificar la verosimilitud de sus dichos, los que por otra parte, fueron descriptos, a mi modo de ver, de manera genérica e imprecisa, ya que la única referencia que hace la actora es al afirmar que las tareas -que realizaba
- 'requieren esfuerzos físicos que [le] provocaron el padecimiento de una patología de columna lumbar'".
Finalmente, concluyó: "no se ha comprobado en autos la existencia de una relación de causalidad entre la patología que presenta la actora y su ambiente de trabajo" y que "la constatada dolencia no reviste carácter profesional".
La actora desistió de la prueba pericial en higiene y seguridad, así como de prueba testimonial y confesional, lo que agravó su posición procesal.
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