ESCUREDO RUBEN AGUSTIN C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional contra la aseguradora de riesgos del trabajo. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes por constituir una justa composición de derechos e intereses, condenando en costas a la demandada.
Quién demanda: Escuredo Rubén Agustín
¿A quién se demanda?
Asociart SA Aseguradora de Riesgos del Trabajo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional conforme Ley 15.057 (materia de accidentes y enfermedades del trabajo)
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes mediante presentación electrónica de fecha 08/06/2026.
Fundamentos principales de la decisión:
El Dr. Guillermo Ramón Valcarce expresó: "Que la conciliación arribada entre la parte actora y demandada obrante en la presentación electrónica de fecha 08/06/2026 no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en los arts. 12 y 15 L.C.T."
Asimismo señaló: "Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en que se ventilen cuestiones de índole alimentario, tal es el de los potenciales créditos reclamados en autos."
Destacó además: "Que asimismo, las partes han pactado la multa aplicable en caso de que se incumpla la obligación y la misma resulta proporcionada con el monto conciliado (art 790 CCC), estableciendo además, que la demandada se hará cargo de las costas originadas por la presente acción."
Los Dres. Gabriele y Cáceres adhirieron al voto precedente, compartiendo sus fundamentos.
Consecuencias del fallo:
- Homologación del acuerdo conciliatorio
- Condena en costas a la demandada
- Regulación de honorarios profesionales con aplicación de montos mínimos conforme Ley 14.967
- Pago del capital conciliado en cuenta sueldo del trabajador
- Pago de tasa de justicia por suma de $198.000
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