OJEDA GABRIEL H. C/ SOTO FELIPA S/ -DESPIDO-
Se promovió demanda por despido que quedó paralizada por incumplimiento de plazos procesales. El Tribunal de Trabajo declaró la caducidad de instancia y condenó a costas a la actora con beneficio de ley.
Quién demanda: Ojeda Gabriel H.
¿A quién se demanda?
Soto Felipa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por despido
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró la caducidad de instancia en las presentes actuaciones, condenando a la actora al pago de costas con beneficio de ley. Fundamentos principales de la decisión: "Sabido es que en el procedimiento laboral la caducidad de instancia debe aplicarse con criterio restrictivo, en virtud de las facultades que la propia ley confiere a los Tribunales del Trabajo para instar la actividad procesal de las partes (arts. 11 y 12 de la ley 15.057)." "Así entonces, la perención de instancia sólo procedería cuando el órgano jurisdiccional se encuentra impedido de ejercer ese impulso, previa intimación a las partes a fin de activar el procedimiento, tal y como sucede en el sublite." "De lo expuesto se desprende que la conducta de las partes con posterioridad a la intimación dispuesta con fecha 01/06/2026, obstaculiza la normal tramitación del juicio, dejando transcurrir el plazo fijado por el art. 11 de la ley citada." Se regularon honorarios a la Dra. Trabado María Alejandra en 7 JUS con más el 10% de aportes y se transcribió íntegramente el artículo 54 de la ley 14.967 sobre los procedimientos de notificación y plazos de pago de honorarios.
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