BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LESCANO ALEJANDRA RAQUEL S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
Banco de la Provincia de Buenos Aires demandó por cobro de saldo deudor de tarjeta de crédito VISA a Lescano Alejandra Raquel. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a pagar $167.614,67 más intereses, declarándola en rebeldía tras su incomparecencia.
Quién demanda: Banco de la Provincia de Buenos Aires, a través de sus apoderados letrados.
¿A quién se demanda?
Lescano Alejandra Raquel (DNI 32.906.377, CUIT 27-32906377-7).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de suma de dinero por saldo deudor de tarjeta de crédito VISA, derivado de un Contrato de Solicitud de Productos y Servicios -Personas Humanas
- Cartera de Consumo-, por la cantidad de PESOS CIENTO SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CATORCE CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($167.614,67), con más intereses desde la fecha de mora (28/06/2021) y costas.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a Lescano Alejandra Raquel a pagar al Banco de la Provincia de Buenos Aires la suma reclamada más los intereses calculados según la tasa activa que percibe el banco en sus operaciones de préstamo a 30 días, desde la mora hasta el pago efectivo. Se impusieron costas a la demandada vencida. Fundamentos principales de la decisión: "Que teniendo en cuenta el estado de rebeldía de la parte demandada notificado firme y consentido, la posterior declaración de la cuestión como de puro derecho en autos ante la ausencia de hechos contradictorios (también notificada firme y consentida para las partes), conllevan a tener por demostrada la celebración del contrato en los términos detallados en el escrito de inicio, conforme la documental allegada digitalmente, tener por demostrado el contrato de cartera de consumo, el certificado de saldo deudor y las declaraciones juradas (arts. 59, 60, 354 inc. 1, 375 y 384 del CPCC) y por acreditado el incumplimiento de la deuda que aquí se reclama a la demandada y, de tal modo, por acreditado el saldo deudor de PESOS CIENTO SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CATORCE CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($167.614,67), en virtud de las piezas referidas." El Tribunal consideró que la rebeldía de la demandada, notificada firme y consentida, junto con la declaración de puro derecho ante la ausencia de hechos controvertibles, permitía tener por acreditados tanto la celebración del contrato como el incumplimiento de la obligación de pago. Respecto a los intereses, se determinó que serían "calculados de acuerdo a la tasa activa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de préstamo a 30 días, aplicable desde la mora y hasta el efectivo pago de lo adeudado." La mora se fijó conforme lo indicado en la demanda, específicamente el 28/06/2021.
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