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Incidente Nº 1 - ACTOR: REBOTARO, RICARDO JUAN DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

El actor promovió ejecución de sentencia contra ANSeS por reajustes de haberes y aprobación de la planilla practicada. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia rechazando los agravios de ANSeS y validando la metodología de cálculo, la inaplicabilidad del tope de la resolución 06/09 SSS y la exención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: REBOTARO, Ricardo Juan. Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Ejecución de sentencia por reajustes previsionales; aprobación de planilla de liquidación, compensación de liquidaciones previas, cálculo de intereses, aplicación del índice de reajuste de la PBU (Prestación Básica Universal) y aspectos vinculados a retención del impuesto a las ganancias y tope de la resolución 06/09 SSS. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia y su aclaratoria en todos los términos; se rechazaron los agravios de ANSeS; se impusieron las costas en alzada a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "1.
- Ingresando al estudio de la queja de la demandada referida al reajuste de la PBU, indicaré que la sentencia impugnada remitió, por compartir los fundamentos vertidos por esta Sala “A” en los autos Nº FRO 68412/2018 caratulados 'LOPEZ, Osvaldo Ricardo c/ ANSeS s/ Ejecución Previsional' y por la Sala 'B' en la causa FRO 25922/2016 caratulada 'ANTONELLI, Ricardo c/ ANSeS s/ Reajustes Varios'. Así, de la liquidación de deuda se observa que el índice elegido y la forma de corroborar si la merma que origina la falta de reajuste de dicho componente resulta confiscatoria, fue realizada conforme los parámetros establecidos por los precedentes mencionados, por lo que, corresponde desestimar la queja y confirmar la sentencia en este punto." "2.
- Avocándome al agravio relativo a la omisión de la retención del impuesto a las ganancias, cabe señalar que la resolución recurrida remitió, al precedente 'García' de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fallo ... 'CALDERON, Aníbal Norberto c/ANSeS s/Ejecución Previsional' del 25/08/2022), lo que no fue rebatido por la apelante, por lo que corresponde estar a lo allí resuelto." "3.
- En lo atinente a la critica vinculada al artículo 14 de la resolución 06/09 de la SSS, el que fijó un tope a la actualización de las remuneraciones, atento la fecha de adquisición del beneficio (28/02/2009), no resulta aplicable, por lo que cabe su rechazo." "En consecuencia, corresponde rechazar los agravios en cuanto a la metodología de compensación de liquidaciones previas y al cálculo de intereses con posterioridad al pago efectuado por la ANSeS, confirmando la sentencia apelada en tales aspectos." Y el pronunciamiento final: "I.
- Confirmar la sentencia de primera instancia y su aclaratoria en los términos del presente. II.
- Imponer las costas devengadas en la Alzada, a la demandada vencida (artículo 68 del C.P.C.C.N.)."
- Votos: Voto preopinante del Dr. Aníbal Pineda (fundamentos anteriores) y adhesión de la Dra. Elida I. Vidal, que además destacó la extensión del criterio exonerativo del impuesto a las ganancias conforme sentencias de la Corte Suprema (“GARCIA...”, “DATTORE...”, “Villamayor...”) y plenario de la Cámara (PERCIVALDI).

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